Digamos que la “Planificación Fiscal” (PF en lo sucesivo) tiene dos formas de verla: una, mediante la acepción propia, técnicamente pensada y dicha, científica y procedente, y dos, a través de la lupa que la dibuja como el mecanismo que emplean algunos contribuyentes para reducir su carga fiscal, pero de una manera que no resulta jurídicamente transparente y pura, esa que toda Administración Tributaria persigue, ataca y sanciona. En la actualidad, es un proceso necesario para preservar la economía y rentabilidad de la entidad, eso sí, todo dentro del marco de lo previsto en la normativa vigente.