A primera vista, surge fácilmente diferenciable que la evolución jurisprudencial del tratamiento a las costas procesales previstas en el Código Orgánico Tributario, viene marcada por un antes y un después de la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el 30 de diciembre de 1999. Así para el momento en que fue promulgado el Código primigenio y luego su primera y segunda reforma, se encontraba vigente la Constitución de la República de Venezuela decretada el 23 de enero de 1961, estando en vigencia la Carta Magna actual tanto para la tercera y cuarta reforma, como para el Decreto Constituyente contentivo del nuevo Código Orgánico Tributario de 2020.