Crowe Ecuador

IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECIALES (ICE) A LAS FUNDAS PLÁSTICAS

María José Romero 
9/5/2020
Crowe Ecuador
 

Impuesto a los consumos especiales (ICE) a las fundas plásticas se aplica desde hoy sábado 9 de mayo del 2020 en Ecuador

A partir de hoy 9 de mayo de 2020 en Ecuador se empieza a cobrar el (ICE) a las fundas plásticas. Durante este año, deberemos pagar por cada funda USD 0,04. Y cada año aumentará USD 0,02 hasta el año 2023.

El 31 de diciembre de 2019 en el Registro Oficial fue publicada la Disposición Transitoria Sexta de Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria que establece el cobro del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) a las fundas plásticas a partir de los 90 días de su publicación.

Siendo así, esta aplicación entra en vigencia desde hoy, pero se esperaba la publicación del Reglamento de la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció las normas para la declaración y pago del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) a las fundas plásticas, mediante Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000033, del 6 de mayo de 2020.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) informó que el reglamento a la ley saldría en el menor tiempo que les sea posible: “Cabe señalar que la entrada en vigencia de este impuesto y su aplicación no están condicionados a que se emita el reglamento, sino a que se cumpla el plazo de 90 días previsto en la ley”.

“La institución proyecta este año una recaudación de USD 6,24 millones y en el 2023 de USD 21,73 millones.”

 La emergencia por el Covid-19 ha generado cambios en el cronograma previsto para la emisión del Reglamento según indica el SRI en la resolución publicada el 6 de mayo de 2020.

Esto llega en un momento muy incómodo a nivel nacional y los organismos pertinentes contaron con dos meses y medio de antelación a la emergencia para publicar el Reglamento. Un Reglamento o Resolución debe estar en la respectiva página por lo menos 15 días para que la ciudadanía pueda conocer y dar su opinión acerca del tema.

¿Quiénes deben cobrar el ICE a las fundas plásticas?

La resolución del SRI indica “Son agentes de percepción del impuesto a los consumos especiales a las fundas plásticas, los establecimientos de comercio definidos en el literal a) del artículo 2 de esta Resolución, que para facilitar el traslado de la mercadería entreguen fundas plásticas al adquiriente o consumidor para cargar o llevar la misma.”

“a) Establecimientos de comercio: Son las sociedades y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad, que comercialicen productos al por mayor o menor. Se entenderá también como establecimiento de comercio al franquiciador y sus franquiciados, independientemente del número de sus establecimientos.”

Esto significaría que el impuesto a las fundas plásticas en Ecuador solo aplica para medianos y grandes comercios, no para las tiendas pequeñas.

Recordemos que en octubre de 2019 en una entrevista de “El Comercio” a Marisol Andrade, Directora General del SRI, la directora explicó que “se excluirán a las fundas que se entreguen en las tiendas de barrio o establecimientos pequeños” y que en el Reglamento se definirían estos y otros detalles.

¿Qué fundas están exentas del ICE a las fundas plásticas?

Las fundas plásticas para uso industrial, agrícola, agroindustrial, de exportación, para productos congelados y aquellas que contengan como mínimo la adición del 50% de materia prima reciclada post consumo.

“Para acceder a la exoneración y/o rebaja del ICE, los fabricantes e importadores deberán contar con la certificación conforme las definiciones, requisitos y condiciones que emita la entidad rectora en materia de producción, ambiente o industria.

El listado de fabricantes e importadores de fundas plásticas calificados será publicado periódicamente en la página web institucional del Servicio de Rentas Internas (SRI).

El establecimiento de comercio deberá mantener los registros que le permitan diferenciar las bolsas o fundas plásticas gravadas, exentas o que aplican la rebaja del ICE”

En conclusión, la recaudación de este impuesto verde debería dedicarse a fondos o proyectos medio – ambientales, pero según indica la resolución, la emergencia actual lo requiere.

El impuesto a las fundas plásticas en Ecuador afectará al consumidor y a los fabricantes de fundas plásticas, quienes deberán innovar y buscar alternativas biodegradables también evolucionar a la fabricación de productos que no tengan este impuesto.