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Nuevas obligaciones fiscales por 2022

Gloria Zamudio Grave
06/06/2023
Empresa

Nuevas obligaciones fiscales a partir del 2022

En la miscelánea fiscal para 2022, se agregaron supuestos para cumplir con diversas obligaciones, como son: 

  • Dictamen fiscal:

A partir del ejercicio 2022, las personas morales que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior, hayan declarado ingresos acumulables para efectos del ISR iguales o superiores a $1,650,490,600 (actualizado a $1,779,063,820), están obligadas a dictaminar sus estados financieros, como señala el segundo párrafo del artículo 32-A del CFF.

  • Información sobre su Situación Fiscal (ISSIF):

Se adiciona la fracción VI al artículo 32-H del CFF, definiendo que aquellos contribuyentes que sean partes relacionadas de los sujetos obligados a dictaminarse, de acuerdo con el punto anterior, deberán presentar el ISSIF. Se les exime de esta obligación mediante la regla 2.16.5. de la RMF para 2023, cuando hayan realizado operaciones menores a $13,000,000 por actividades empresariales o de $3,000,000, en el caso de prestación de servicios profesionales.

  • Estados financieros adicionales en la declaración anual del ISR:

A partir de la declaración anual del ejercicio 2022, se agregan el estado de cambios en el capital contable y el estado de flujo de efectivo, además del estado de resultados, estado de situación financiera y conciliación contable y fiscal. Asimismo, la totalidad de los estados financieros, se deben presentar en forma comparativa con el ejercicio anterior. Cabe mencionar que los contribuyentes que presenten dictamen fiscal o ISSIF, no llenarán el apartado de estados financieros en la declaración anual.

  • Obligaciones en materia de precios de transferencia:

Hasta el 2021, sólo los contribuyentes que realizaban operaciones con partes relacionadas en el extranjero, estaban obligados a presentar la declaración de operaciones con partes relacionadas (anexo 9 de la DIM) y obtener el estudio de precios de transferencia que incluyera el análisis funcional y no sólo aplicar los métodos respectivos (artículo 76 fracciones IX y X de la LISR). 

A partir del 2022, no se distingue si las transacciones se celebraron con partes relacionadas extranjeras o nacionales y también deberán presentar la declaración informativa local de partes relacionadas regulada en el artículo 76-A de la LISR, si se ubican en el supuesto de la fracción VI del artículo 32-H del CFF.

  • Fallas en los aplicativos y saturación de la página del SAT

Aunado a las nuevas disposiciones antes mencionadas, los aplicativos en la página del SAT para efectuar la presentación de las obligaciones, tuvo diversas actualizaciones y una saturación previa a que se vencieran los plazos de cumplimiento, lo que originó la necesidad de efectuar varias veces el llenado de datos y en ocasiones, la imposibilidad de cumplir a tiempo con la presentación de información. 

No obstante, la autoridad fiscal no consideró necesario ampliar los plazos de vencimiento aludiendo que los aplicativos funcionaban sin problemas, originando grandes retos para su cumplimiento.

Derivado de la frecuencia de estas situaciones, en Crowe, contamos con expertos que te ayudarán en el cumplimiento de cualquier obligación fiscal, sin contratiempos y asegurando la entrega de información en tiempo y forma. Te invitamos a ponerte en contacto con nosotros.  


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Gloria Zamudio Grave
Oficina Guadalajara