Impuestos
Hacemos de su conocimiento que mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el día de hoy, se dio a conocer el Decreto por el que se modifica el diverso para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX).
Mediante dicha publicación se modifica el Anexo I (mercancías que no pueden importarse temporalmente) del Decreto IMMEX, con la finalidad de adicionar las fracciones arancelarias 64.01 a 64.05 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE), correspondientes al sector calzado, quedando así prohibidas las importaciones temporales al amparo de IMMEX de dichos productos.
La Resolución antes comentada entrará en vigor el día de mañana 29 de agosto.
Para mayor detalle de dicha publicación, favor de consultar en la página electrónica del DOF:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5766797&fecha=28/08/2025#gsc.tab=0