Les recordamos que tratándose del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de retenciones e información de pago, podrá emitirse de manera anualizada en el mes de enero del año inmediato siguiente a aquel que se realizó la retención. Esto es, tratándose de la emisión de dichos CFDI por operaciones de 2024 podrán emitirse hasta el 31 de enero de 2025. Lo anterior está establecido en la regla 2.7.5.4. de la Resolución Miscelánea (RMF) para 2024 y refrendada en la resolución para 2025.
Lo anterior aplica para las obligaciones de emisión de este CFDI establecidas en el Código de la Federación (CFF) Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) .