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Renovación de la Certificación en materia de IVA e IEPS

Las empresas que hubieran obtenido su certificación en materia de IVA y IEPS y que la vigencia este próxima a vencer, deberán solicitar su RENOVACIÓN, para continuar gozando de los beneficios de la misma

Comisión Fiscal
23/11/2018
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Se deberá presentar mediante la Ventanilla Digital (VUCEM), el “aviso único de renovación” dentro de los 30 días hábiles previos al vencimiento de la certificación.
Es importante informarles a todos que de conformidad con la regla 7.2.3 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE), las empresas que hubieran obtenido su certificación en materia de IVA y IEPS y que la vigencia este próxima a vencer, deberán solicitar su RENOVACIÓN, para continuar gozando de los beneficios de la misma.

A continuación, algunos detalles que deberán tomar en cuenta:

1.- El plazo para la renovación dependerá del tipo de certificación que obtuvo la empresa:

“A” cada año
“AA” cada dos años
“AAA” cada tres años


2.- Se deberá presentar mediante la Ventanilla Digital (VUCEM), el “aviso único de renovación” dentro de los 30 días hábiles previos al vencimiento de la certificación.

3.- El objetivo de dicho aviso es manifestar que las circunstancias por las que les fue otorgada la certificación en materia de IVA e IEPS no se han modificado y que continúan cumpliendo con todos los requisitos y obligaciones inherentes a la misma, entre los que se encuentran:

Estar al corriente en sus obligaciones fiscales.

Llevar la contabilidad en medios electrónicos e ingresarla mensualmente a través del portal del SAT.

Seguir acreditando la propiedad de inmueble donde se llevan a cabo operaciones de comercio exterior.
Llevar un control de inventarios.

No contar con saldos vencidos al amparo del crédito fiscal, relacionados con el Anexo 31.

Que los socios o accionistas, representantes legales con facultad para actos de dominio e integrantes de la administración, se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales., etc.


4.- No obstante, cuando la Administración General de Auditoria de Comercio Exterior (“AGACE”) detecte el incumplimiento de alguno de los requisitos u obligaciones, podrá requerir la información correspondiente en cualquier momento.


En Crowe Horwath contamos con expertos en materia de Comercio Exterior, por lo que nos reiteramos a sus órdenes.

Comisión Fiscal de Gossler

Presidente de la Comisión Fiscal de Gossler
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Carlos Terrazas Limas
Director de oficina - Socio de Impuestos
Oficina Juárez