Seguridad Social e Infonavit

Anexos del dictamen fiscal con Seguridad Social e INFONAVIT

Es tu obligación cumplir las contribuciones por concepto de aportaciones patronales ante Seguridad Social e INFONAVIT, el cual detallamos en este artículo.

Comisión de Seguridad Social - Crowe
21/06/2019
Seguridad Social e Infonavit

Presentación de anexos del dictamen fiscal ante instituciones de Seguridad Social e INFONAVIT

Como empresario y como patrón, es imperativo que cumplas con tus obligaciones ante las instituciones de Seguridad Social como lo son el propio IMSS y el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), las cuales incluyen la afiliación de tus empleados, la información de movimientos de sueldos y salarios, además del pago oportuno de las cuotas Obrero-Patronales.

 

Anexos del dictamen fiscal ante el INFONAVIT

La Ley del Instituto del INFONAVIT, establece en su artículo 29, fracción VIII, la obligación para aquellos contribuyentes obligados a dictaminarse fiscalmente conforme al Código Fiscal de la Federación (CFF), de presentar ante este Instituto ciertos anexos del Dictamen Fiscal presentado ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), cabe señalar, que dicha disposición no ha sido reformada para alinearse conforme a la nueva disposición del CFF que eliminó la obligatoriedad del Dictamen Fiscal, estableciendo en su artículo 32-A la opción de poder presentar el mencionado Dictamen para los siguientes contribuyentes:

  • Las personas físicas con actividades empresariales y las personas morales, que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $122,814,830.00.
  • Que el valor de su activo determinado en los términos de las reglas de carácter general que al efecto emita el SAT, sea superior a $97,023,720.00. 
  • Que por lo menos trescientos de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior

No obstante lo antes comentado, el INFONAVIT dio a conocer su criterio un interno respecto a que dichos anexos fiscales, deben ser presentados únicamente por los patrones que hayan optado por presentar el dictamen fiscal ante el SAT, por lo que deben presentar una copia, con firma autógrafa, del informe sobre la situación fiscal del contribuyente, con los anexos referentes a las contribuciones por concepto de aportaciones correspondientes a la Seguridad Social, en este caso al INFONAVIT. Lo anterior de apego a la nueva disposición del señalado CFF.

 

Recepción de anexos del dictamen fiscal

La información debe ser entregada en la Gerencia de Recaudación Fiscal de la Delegación Regional del INFONAVIT que corresponda al domicilio fiscal del patrón dictaminado para cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguridad Social, dentro de los siguientes 15 días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo para su presentación ante el SAT.

La fecha límite para presentar los anexos del dictamen fiscal, será de acuerdo con lo señalado por el artículo 32-A, tercer párrafo del CFF, que señala lo siguiente:

“Los contribuyentes que hayan optado por presentar el dictamen de los estados financieros formulado por contador público registrado deberán presentarlo dentro de los plazos autorizados, incluyendo la información y documentación, de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento de este Código y las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria, a más tardar el 15 de julio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate”

En caso de que, con motivo de la publicación de la Resolución Miscelánea Fiscal, se determine una fecha distinta, la fecha límite será la establecida por el SAT mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para el cumplimiento con las normativas de Seguridad Social.

 

La documentación que debes presentar, es la siguiente:

  1. Carta de presentación del dictamen fiscal impresa en dos tantos, con firma autógrafa del representante legal (Formato DO-01).
  2. Disco compacto rotulado con el nombre y Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del patrón dictaminado , con funda de papel del tamaño del disco, que contenga los siguientes archivos:
  • Opinión e informe de la situación fiscal del contribuyente (formato PDF con firmas del contador público).
  • Acuse de recibido ante el SAT en forma electrónica con sello digital (formato PDF).
  • Anexos del dictamen fiscal:
  1. Análisis comparativo de las subcuentas de gastos o análisis comparativo de las cuentas del estado de resultados (en archivo Excel y PDF).
  2. Relación de contribuciones a cargo del contribuyente como sujeto directo o en su carácter de retenedor o recaudador (en formato Excel y PDF).
  3. Relación de contribuciones por pagar (en archivo Excel y PDF).
  • Declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) digitalizado con su acuse de recibo emitido por el SAT, únicamente si no tuvo trabajadores en el ejercicio dictaminado.
  • Relación en hoja electrónica en formato Excel de los registros patronales asociados al RFC del contribuyente cuando sean más de 10.
  • En caso de que el contribuyente desee adjuntar información adicional para el cumplimiento ante las instituciones de Seguridad Social, debe hacerlo en el mismo disco, relacionando en hoja electrónica, en formato Excel el detalle de los archivos con el nombre que les asignó a cada uno de ellos.

Soluciones a tu alcance

En Crowe, estamos a tus órdenes para asesorate en la presentación de los anexos del Dictamen Fiscal ante el INFONAVIT o ante otra institución de Seguridad Social, a fin de evitar molestas por parte de la autoridad, y las posibles multas por la no presentación de los mismos. ¡Contáctanos hoy mismo!