Reformas

Acuerdo de auditoría de estados financieros

Sonia Toledo Palomeque
20/07/2021
Reformas

¡Se concluye un ciclo, dando paso a uno nuevo en Auditoría!

Para dar inicio a la auditoría de estados financieros con cifras al 31 de diciembre 2021 y llegar a la presentación del Dictamen Fiscal,  es importante recordar los pasos que toda empresa debe seguir para cumplir en tiempo y forma sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT): Órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público  (SHCP) de México, que tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras.

Para que este ejercicio pueda llevarse a cabo, se requiere de una mancuerna fortalecida por la comunicación entre el Cliente de auditoría (Contribuyente) y el Auditor que emite el dictamen (Contador Público Inscrito). Este acuerdo de trabajo tiene el objetivo de agilizar la revisión de los estados financieros y en su caso, la emisión del Dictamen fiscal.

Para lograr anterior, el Cliente debe cumplir con las siguientes responsabilidades:

a)     Firmar, por los niveles de responsabilidad adecuados, la propuesta de servicios de auditoría; donde quedarán establecidos los derechos y obligaciones de cada una de las partes y así, reducir el riesgo de que el Cliente que solicita el trabajo de auditoría o el Auditor, interpreten erróneamente los derechos y obligaciones de la contraparte.

 

b)    Tener preparados sus estados financieros de conformidad con el marco de información financiera aplicable.

 

c)     Contar con un control interno que la dirección y/o gobierno del Cliente, considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de desviación material, debida a fraude o error.

 

d)    Proporcionar al auditor:

·       Acceso a toda la información que la dirección tenga y sea relevante.

·       Información adicional que pudiera solicitar el auditor.

·       Acceso ilimitado a las personas de la entidad que el auditor considere necesario.

 

A su vez, el auditor es responsable de:

a)     Llevar a cabo la auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría (NIA).

 

b)    Obtener una seguridad razonable, más no absoluta de que los estados financieros no incluyen errores o fraudes. No obstante, el auditor comunicará por escrito, cualquier deficiencia significativa en el control interno relevante que identifique durante la realización de la auditoría.

 

c)     Salvaguardar la información proporcionada por el Cliente, que sirvió de apoyo para los papeles de trabajo de auditoría. Sin embargo, las autoridades pueden solicitar su presentación, en tal caso, se hará bajo la supervisión del auditor y en cualquier otra situación, se hará con la aprobación del Cliente.

 

En Crowe, tomamos muy en serio nuestra responsabilidad como auditores para brindar un servicio de alta calidad y cordialidad, por lo que te invitamos a contactar a nuestros socios del área de auditoría y así comenzar un nuevo ciclo de mutuo acuerdo.

Autor

people
Sonia Toledo Palomeque
Secretaria Técnica de la Comisión de Auditoría (COMAG)