IMPUESTOS
GMS - MOVILIDAD INTERNACIONAL DE TALENTO
ANTICIPA ASPECTOS FISCALES, LEGALES, LABORALES Y CULTURALES
México se encuentra dentro de los 10 países más visitados del mundo, y además, existe una gran cantidad de movilidad laboral internacional en nuestro país. Por ello, resulta sumamente importante que las organizaciones a las que pertenecen los empleados que serán asignados en otra jurisdicción conozcan a detalle todos los aspectos relacionados con la legislación fiscal, migratoria y laboral que permitan evaluar de forma anticipada los impactos fiscales, cuestiones migratorias para el empleado y en algunos casos su familia, así como cuestiones culturales que requieren ser conocidas para una mejor adaptación en el nuevo entorno social, a continuación breves comentarios sobre estos aspectos.
Dentro de la parte fiscal, no cabe duda de que se debe abordar el tema de la residencia fiscal, dado que existe una gran diferencia en el tratamiento fiscal de los ingresos percibidos (Sueldos, honorarios, intereses, rentas, dividendos, etc) por el empleado para efectos del impuesto sobre la renta si el empleado es residente fiscal de México o no lo es, y definitivamente se deben considerar los tratados internacionales de índole fiscal (ISR). Cabe mencionar, que en materia de seguridad social, México tiene celebrados dos tratados internacionales, con España y Canadá, por lo que es esencial considerar dichos tratados si los empleados son asignados de estos países. Además, recordemos que las empresas en las cuales trabajan residentes del extranjero por servicios personales dependientes son responsables solidarias del pago de los impuestos, cuando dichos extranjeros son sujetos a dicho pago en México, situación que cobra relevancia e importancia en cuanto a verificar a situación fiscal de cada extranjero dentro de la organización mexicana.
Los permisos migratorios actualmente requieren de cierto tiempo para su obtención, no hay un término certero para obtener el permiso de residencia temporal o permanente y con o sin permiso de trabajo, por lo que se recomienda anticipar las gestiones necesarias y citas correspondientes para llevar a cabo dichos trámites previo al inicio de las actividades profesionales dependientes del empleado.
Las cuestiones laborales deben estar formalizadas entre el empleador y el empleado a través del correspondiente contrato individual de trabajo, y para la movilidad internacional la carta de asignación, éste último documento que contiene comúnmente, entre otras cosas, fecha de asignación, sueldo anual, vacaciones, bonos, apoyos de vivienda, comida y escuelas, clases de idioma, seguros de vida y de gastos médicos. En los aspectos laborales, si el empleado será contratado por una empresa mexicana, será necesario identificar las prestaciones establecidas en la carta de asignación, con el propósito de llevar a cabo las adaptaciones necesarias conforme a nuestra legislación laborar e inclusive evitar temas fiscales de deducciones para las empresas. La carta de asignación nos da cierta visibilidad sobre el tema fiscal, sin embargo, siempre es recomendable sostener una conversación a detalle con el empleado para determinar el camino correcto en las cuestiones fiscales y evitar sorpresas e impactos no deseados por el empleado.
La parte cultural es importante tanto en lo personal como en lo familiar, aprender el idioma del nuevo país podría resultar de gran ayuda para la integración en el nuevo entorno social. Sin duda la buena comunicación y empatía son aliados para la adaptación cultural. Las organizaciones deben contemplar apoyo de bienestar emocional, en algunos casos, el hecho de estar lejos de la familia y amigos puede ocasionar un tema emocional no favorable.
Todos los temas anteriores son de gran relevancia en la movilidad laboral internacional, asesórate de forma apropiada y oportuna en cada uno de ellos para evitar riesgos y sorpresas para la empresa y/o el empleado.