IMPUESTOS
El pasado 15 de enero se dio a conocer el decreto por el que se reforman más de 15 leyes federales para fortalecer la igualdad sustantiva, la paridad de género, el empoderamiento de las mujeres y la erradicación de las violencias.
La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres cambia de nombre a “Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres”. La reforma articula un nuevo modelo nacional de igualdad con enfoque de género, derechos humanos e interseccionalidad. Al incluir el término de ‘igualdad sustantiva’ se busca que haya cambios reales y efectivos en los distintos ordenamientos.
Los Ejes Estratégicos de la reforma implican:
A. Sistema Nacional para la Igualdad Sustantiva, el cual será coordinado por la Secretaría de las Mujeres y estará integrado por:
a. Titulares de Secretarías de Estado.
b. Instituciones como IMSS, ISSSTE, INEGI, INE, DIF, INAPAM, CONAPRED.
c. Gobernadoras y gobernadores como representantes de los sistemas estatales.
d. Invitados permanentes: CNDH, SCJN, FGR, Congreso, entre otros.
El Sistema podrá crear comisiones temáticas y emitir reglas de operación.
B. Política Nacional en Materia de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, la cual deberá garantizar:
a. Igualdad en ámbitos familiar, económico, político, laboral, cultural, de cuidados y salud.
b. Erradicar violencias contra las mujeres.
c. Incorporar perspectiva de género, derechos humanos e interseccionalidad en todas las políticas públicas.
d. Impulsar la participación de mujeres en deporte, ciencia, tecnología, artes y cultura.
e. Promover el acceso de mujeres rurales a recursos naturales y toma de decisiones comunitarias.
f. Garantizar el derecho a un medio ambiente sano, con énfasis en agua y saneamiento.
La CNDH será responsable del seguimiento, evaluación y monitoreo de la Política Nacional.
C. Programa Nacional de Proyectos Estratégicos. La Secretaría de las Mujeres elaborará un programa alineado al Plan Nacional de Desarrollo que:
g. Atienda necesidades de mujeres, adolescentes y niñas.
h. Considere brechas de desigualdad por territorio y cultura.
i. Priorice grupos con mayor rezago social y económico.
j. Se revise cada dos años para medir impacto y ajustar estrategias.
Por otra parte, las reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias se fortalecen deberes reforzados de protección del Estado hacia mujeres, adolescentes, niñas y niños; modelos de atención con asesoría jurídica y psicológica gratuita; medidas de separación inmediata del agresor; y enfoques de género, interseccionalidad e interculturalidad en todas las acciones.
Adicionalmente, se modifican leyes en materia de: educación, salud, trabajo, vivienda, migración, seguridad social, así como cultura y propiedad intelectual. Todas incorporan perspectiva de género, igualdad sustantiva y medidas de prevención de violencias.
Finalmente, la reforma establece un nuevo andamiaje institucional que permitirá reducir brechas de desigualdad, prevenir y atender violencias, garantizar derechos de mujeres y niñas, transformar prácticas culturales y estereotipos de género, así como alinear políticas públicas federales, estatales y municipales bajo un mismo marco.
Aplicar la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en las empresas no solo es una obligación legal, sino una oportunidad estratégica para fortalecer la competitividad, la reputación y la sostenibilidad del negocio. A través de servicios especializados de diagnóstico, diseño de políticas internas, capacitación y acompañamiento, las organizaciones pueden identificar brechas de género, prevenir riesgos legales y laborales, y construir entornos de trabajo más productivos e inclusivos. La implementación adecuada de la Ley permite a las empresas cumplir con el marco normativo vigente, mejorar su clima organizacional y alinearse con las mejores prácticas en materia de gobernanza social, generando valor tanto para la organización como para sus grupos de interés.
Líder de la Práctica de Sostenibilidad