Donativos deducibles internacionales


Donativos deducibles internacionales
¿Es posible apoyar a los afectados por el terremoto en Venezuela y obtener un recibo deducible en México?

Los recientes acontecimientos derivados del terremoto en Venezuela han motivado a personas, empresas y organizaciones de la sociedad civil donatarias autorizadas, a buscar mecanismos para apoyar a la población afectada. Sin embargo, además de la intención solidaria, es importante considerar el marco jurídico y fiscal aplicable para canalizar correctamente los recursos.

Una de las preguntas más frecuentes es si una donataria autorizada puede recabar recursos para después destinarlos a los afectados en Venezuela. En el marco jurídico vigente, no existe un mecanismo que permita obtener un recibo deducible en México por donativos destinados directamente a apoyar a los afectados en Venezuela mediante una donataria autorizada mexicana.

Lo anterior obedece a que las donatarias autorizadas operan conforme al objeto autorizado por la Ley del Impuesto sobre la Renta y las disposiciones fiscales aplicables. Por regla general, sus actividades se desarrollan dentro del territorio nacional, por lo que no constituyen el vehículo jurídico adecuado para canalizar ayuda humanitaria directamente hacia otro país.

En consecuencia, una donataria autorizada mexicana, si bien es cierto que puede recabar recursos y expedir recibos de donativo deducibles, no podrá destinarlos posteriormente para apoyar de manera directa a los afectados en Venezuela. Ello no impide que las personas físicas o morales realicen aportaciones a favor de la población afectada; simplemente significa que dichas aportaciones deberán canalizarse por mecanismos distintos a una donataria autorizada mexicana y, en principio, no otorgarán un beneficio fiscal en México.

La alternativa más adecuada es efectuar las contribuciones directamente a organismos internacionales con presencia y capacidad operativa en Venezuela, como agencias del sistema de Naciones Unidas, la Federación Internacional de la Cruz Roja u otras organizaciones humanitarias reconocidas. Estas instituciones cuentan con la infraestructura necesaria para administrar y distribuir la ayuda de forma eficiente y transparente.

En situaciones de emergencia internacional, es recomendable que donatarias autorizadas, empresas y particulares evalúen previamente las implicaciones legales y fiscales de sus aportaciones. Elegir el vehículo correcto no solo garantiza que la ayuda llegue a quienes más la necesitan, sino que también brinda certeza jurídica y fortalece las políticas de responsabilidad social y cumplimiento.

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Gemma Sáez Banus
Socia de FiscalOficina Ciudad de México - Nuevo Polanco