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Boletín Informativo: Transformación territorial de corregimientos a municipios y sus implicaciones tributarias  


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¿Sabía usted que Colombia cuenta con más de mil corregimientos rurales y 20 corregimientos departamentales, pero en los últimos años, el mapa territorial del país ha cambiado con la conversión de algunos de ellos en municipios? Este es el caso de Barrancominas (Guainía) y Belén de Bajirá (Chocó), que dejaron de ser corregimientos para convertirse en municipios.

Más allá de su relevancia política y administrativa, estas transformaciones pueden generar efectos de importante connotación en materia tributaria. Por esta razón, resulta clave identificar oportunamente sus posibles implicaciones fiscales, especialmente en lo relacionado con la administración, determinación y cumplimiento de obligaciones tributarias territoriales.

¿Cómo puede un corregimiento convertirse en municipio?

De conformidad con el numeral 6 del artículo 300 de la Constitución Política, corresponde a las Asambleas Departamentales, mediante Ordenanza, crear y suprimir municipios en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 136 de 1994 que comprenden, entre otros aspectos:

  • Que el territorio propuesto tenga identidad propia desde el punto de vista natural, social, económico y cultural.
  • Que cumpla el mínimo poblacional exigido por la ley, hoy fijado en 25.000 habitantes.
  • Que se acredite capacidad fiscal y financiera suficiente, representada en ingresos corrientes de libre destinación de al menos 12.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes durante no menos de cuatro años.
  • Que exista concepto favorable del organismo departamental de planeación sobre la conveniencia económica y social de la iniciativa.
  • Que no se sustraiga más de la tercera parte del territorio del municipio del cual se segrega.

El proyecto de ordenanza puede ser promovido por el gobernador, por diputados o por iniciativa popular y debe presentarse con los estudios y soportes técnicos correspondientes. Por ello, la creación de un nuevo municipio exige no solo viabilidad técnica, fiscal y administrativa, sino también el cumplimiento de condiciones institucionales y en determinados casos, la intervención de autoridades del orden nacional.

Barrancominas constituye un ejemplo de esta situación, toda vez que su creación como municipio contó con el visto bueno previo del Gobierno a través del Decreto 1454 de 2018, lo cual permitió avanzar en su constitución como municipio del departamento de Guainía, formalizando la transición del antiguo corregimiento a una nueva entidad territorial con autonomía administrativa, política y fiscal.

De igual manera, Nuevo Belén de Bajirá fue creado mediante la Ordenanza No. 180 de 2023 de la Asamblea Departamental del Chocó, decisión que posteriormente fue ratificada por la ciudadanía mediante referendo popular realizado el 26 de noviembre de 2023.

Implicaciones tributarias para los contribuyentes

  • Creación o modificación de Estatutos Tributarios Municipales.
  • Definición de nuevas jurisdicciones fiscales para la declaración y pago de impuestos territoriales como Industria y Comercio, Predial o Alumbrado Público.
  • La creación y actualización de registros tributarios para contribuyentes con actividades gravadas en el territorio.

La transformación de corregimientos en municipios refleja la dinámica del ordenamiento territorial colombiano y evidencia cómo las decisiones administrativas pueden tener efectos que trascienden el ámbito político, impactando también la gestión tributaria y las obligaciones de los contribuyentes.

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