Crowe Tax & Legal
La Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto Legislativo 1474 de 2025, expedido en el marco de la emergencia económica de diciembre de 2025, dejando sin validez las medidas tributarias adoptadas en ese contexto.
No obstante, la Corte moduló los efectos de su decisión, definiendo reglas claras sobre la no exigibilidad de impuestos, la devolución de pagos realizados y la protección de los beneficios tributarios consolidados.
¿Qué implica la decisión?
Los impuestos directos no podrán ser declarados, liquidados ni cobrados por la DIAN. Los pagos anticipados deberán ser devueltos. En cuanto a los impuestos indirectos, los valores pagados durante la vigencia del decreto deberán devolverse a quienes acrediten haber asumido el pago.
La DIAN contará con 30 días para aplicar los mecanismos existentes o definir el procedimiento de devolución. En este contexto, se abre la posibilidad de recuperar valores pagados sin sustento constitucional, sujeto a análisis en cada caso.
¿Qué pasa con los beneficios tributarios?
Se mantienen vigentes los beneficios aplicados durante la vigencia del decreto, como reducciones de sanciones e intereses, siempre que se hayan cumplido los requisitos.
¿Qué impuestos podrían ser objeto de devolución?
Principalmente, el IVA a licores, el IVA a juegos de suerte y azar en línea y otros tributos creados o modificados durante la emergencia. Cada caso deberá evaluarse individualmente, especialmente en impuestos indirectos.
¿Quiénes pueden solicitar la devolución?
Contribuyentes que hayan realizado pagos entre diciembre de 2025 y enero de 2026, que acrediten haber asumido el pago y se encuentren dentro del término legal.
¿Qué implica el proceso?
La devolución no es automática y, en nuestra experiencia, deberá tramitarse en principio como pago de lo no debido, con el soporte técnico y documental correspondiente.
Sin perjuicio de lo anterior, será necesario atender la reglamentación que expida la DIAN sobre el mecanismo de devolución, en caso de que se establezcan requisitos o procedimientos específicos.
En el caso de impuestos indirectos, como el IVA, pueden existir limitaciones cuando el impuesto haya sido trasladado al consumidor final.
¿Cómo puede ayudarte Crowe?
En Crowe contamos con un equipo especializado en devoluciones de saldos a favor, que acompaña a nuestros clientes en la evaluación de viabilidad, identificación de oportunidades, preparación de solicitudes y gestión ante la DIAN.
Conozca más aquí
Contáctanos para evaluar tu caso.
[email protected]