En septiembre de 2024, en cumplimiento de las directrices del Plan Distrital de Desarrollo Bogotá Camina Segura y por mandato del alcalde Carlos Fernando Galán, se instaló la Comisión de Expertos Tributarios del Distrito Capital. Se trata de un cuerpo ad honorem, plural e independiente, concebido para realizar un examen técnico-jurídico exhaustivo del sistema tributario bogotano y proponer una reforma estructural que garantice equidad, eficiencia y sostenibilidad fiscal.
Bogotá, en su calidad de Distrito Capital, goza de autonomía para establecer los tributos necesarios al cumplimiento de sus fines, dentro de los límites que señalan la Constitución y la ley . Sin embargo, la Corte Constitucional ha precisado que esta potestad impositiva no es absoluta: toda creación o modificación de impuestos locales exige un marco legal habilitante y debe respetar los principios de legalidad, certeza y equidad del tributo. Al propio tiempo, el Estatuto Tributario Distrital dispone que el sistema tributario de Bogotá se rige por los principios de equidad horizontal y vertical, progresividad y eficiencia en el recaudo . Estos referentes constitucionales y estatutarios dotan a la Comisión de Expertos de un marco normativo claro para evaluar el Impuesto Predial, el ICA y los demás gravámenes distritales.
La Comisión estaba integrada por perfiles con reconocida experiencia en administración fiscal, economía urbana y derecho tributario:
Su diversidad profesional busca asegurar la combinación de perspectiva económica, jurídica y operativa que exige una reforma tributaria integral.
Objetivos y alcance del mandato
Motivaciones de la reforma
En síntesis, la Comisión de Expertos plantea un rediseño tarifario del ICA para asegurar equidad horizontal entre sectores, la adopción de un Predial que grave con mayor intensidad los mayores avalúos, la creación de un tributo a las plataformas digitales bajo el criterio de “presencia económica significativa”, un régimen simplificado distrital que incentive la formalización de pequeños negocios y, finalmente, nuevas contribuciones ambientales ligadas al uso del espacio público y a las emisiones. Con estas cinco palancas se busca corregir regresividades, ampliar la base y modernizar la administración tributaria, dando cumplimiento a los principios constitucionales de equidad, eficiencia, progresividad y sostenibilidad fiscal que sustentan la reforma que hoy el Gobierno Distrital somete a consideración del Concejo de Bogotá
Proyecto de Reforma Tributaria del Distrito Capital
1. Motivación y fundamento técnico-económico.
2. Resumen de los principales cambios (qué se fortalece, se reforma, se deroga o se crea)
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Tributo |
Situación actual |
Cambio propuesto |
Resultado esperado (recaudo anual) |
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ICA |
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+ $ 774 mil millones |
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Predial |
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+ $ 114 mil millones |
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Alumbrado público(nuevo) |
N/A |
Contribución para financiar modernización LED y expansión a barrios periféricos (tarifa por kWh) |
+ $ 375 mil millones |
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Publicidad exterior visual |
Gravamen del 15 % sobre el ICA (ineficiente) |
Derogadopara evitar doble imposición y simplificar el régimen |
– $ 5 mil millones |
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Impuestos menores y estampillas |
Normatividad dispersa |
Compilación en unEstatuto Tributario Único Distritaly depuración de figuras obsoletas |
Neutral |
El proyecto presentado espera un recaudo o Balance neto: +$ 1,12 billones al año –después de restar el costo de incentivos–.
3. Detalle de cada impuesto, tasa o contribución.
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Figura |
Hecho generador / base |
Tarifa o regla esencial |
Justificación constitucional |
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Impuesto de Industria y Comercio |
Ingresos brutos en Bogotá |
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Equidad horizontal y simplicidad (Art. 363 C.P.; Sent. C-121/06) |
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Impuesto Predial Unificado |
Avalúo catastral actualizado |
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Contribución de Alumbrado Público |
Consumo de energía eléctrica |
% sobre kWh; exención para estratos 1-2 en primer bloque |
Financiación del servicio (Art. 338 C.P.) |
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Sobretasa a la gasolina y ACPM |
Consumo de combustibles |
20 % gasolina, 6 % ACPM (sin cambios) |
Sostenibilidad vial |
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Impuesto de Vehículos |
Propiedad de automotores matriculados |
Tarifa nacional (Ley 488/98) – se mantiene; se crea descuento 50 % por matricular en Bogotá |
Competitividad y radicación de placas |
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Delineación urbana, estampillas y otros |
Sin modificación sustancial; se unifican procedimientos y exenciones |
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Seguridad jurídica |
4. Procedimiento Tributario.
Se modernizan notificaciones electrónicas, facturación en línea y perfil de riesgo para reducir costos de cumplimiento y litigios.
Es de resaltar que los arts. 27-32 del proyecto replantean el procedimiento tributario con tres ejes tecnológicos y de gestión:
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Incentivo Bogotá 2025 |
Detalle |
Inspiración regional |
Recomendación de mejora |
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Descuento temporal del 50 % en ICA para nuevas inversiones industriales |
3 años para proyectos USD 10 M |
Buenos Aires: exención Ingresos Brutos a polos tecnológicos |
Priorizar zonas logísticas del occidente para competir con municipios vecinos |
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Tasa Predial preferencial (4 ‰) para vivienda de alquiler asequible |
10 años |
CDMX: ProgramaVivienda social incluyente |
Vincular al cumplimiento de estándares de eficiencia energética |
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Crédito fiscal de hasta 30 % en I+D (descontable del ICA) |
Tope 100 000 UVT |
Santiago de Chile: Ley I+D 20.570 (35 %) |
Agregar componente de innovación verde para alinearse con meta carbono-neutral 2050 |
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Bonificación del 60 % en Alumbrado Público para pymes que migren a esquemas de autoconsumo solar |
5 años |
Lima: incentivo a paneles solares en Cercado (ordenanza 2374-2021) |
Simplificar trámite a una sola ventanilla digital |
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Régimen Simple Distrital (RSD-Bogotá) |
Unifica ICA y Predial mínimo para micro-negocios ≤ 2 000 UVT, pago trimestral en un formulario |
Panamá:Régimen MicroPymes(2018) |
Ajustar límites de ingreso anualmente por IPC para evitar salto de obligaciones |
La reforma propone simplificar la estructura tarifaria, ampliar la base y crear instrumentos verdes. Al concentrarse en cuatro tarifas de ICA, un Predial verdaderamente progresivo y una contribución de alumbrado público atada al consumo, el Distrito espera incrementar el recaudo neto en 0,25 % del PIB sin elevar la carga efectiva sobre hogares vulnerables. Los incentivos replican buenas prácticas de la región y buscan revertir la fuga de inversión hacia la periferia, mientras que el nuevo Estatuto Único brinda seguridad jurídica y reduce la litigiosidad.
En suma, el proyecto avanza hacia un sistema distrital más equitativo, competitivo y sostenible, alineado con los principios constitucionales y las recomendaciones de la Comisión de Expertos.
En conjunto, estas disposiciones crean un ecosistema digital que acorta plazos, simplifica trámites y dirige la fiscalización hacia los contribuyentes de mayor riesgo, con lo que se espera recortar los costos de cumplimiento y de controversias tanto para la Administración como para los contribuyentes.
Competencia tributaria del Distrito Capital y de las ciudades capitales.
Recomendaciones de la Comisión de Estudio del Sistema Tributario Territorial, secretaría técnica, CEDE, Universidad de los Andes.
A la luz de la experiencia subnacional acumulada y de las propuestas elevadas por la Comisión de Estudio del Sistema Tributario Territorial ,, convocada en 2020 por el gobierno del presidente Iván Duque, se proponen diez líneas de acción que es importante recordar en este resumen de presentación de la reforma bogotana.
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