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Precios de Transferencia

Actualización de las directrices de la OCDE

Impuestos y Servicios Legales
27/01/2022
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El pasado 20 de enero, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), publicó la más reciente versión de las Directrices en Materia de Precios de Transferencia para Empresas Multinacionales y Administraciones Tributarias (en adelante “Directrices de la OCDE”), las cuales no se actualizaban desde el mes de Julio del año 2017, añadiendo algunos avances y papeles de trabajo que han surgido en este lapso de tiempo.

 En síntesis, estas nuevas directrices agregan tres desarrollos importantes en la materia, relacionados con lo siguiente: 

  • Se incluye a las Directrices existentes, el reporte de Guías Revisadas para el Método Transaccional de Partición de Utilidades, el cual fue finalmente aprobado por el Marco Inclusivo sobre BEPS de la OCDE y el G20, el 4 de junio del 2018, reemplazando las disposiciones anteriores de los párrafos 2.114 al 2.151 de las Directrices de la OCDE del año 2017. Esta guía surge del Informe sobre la Alineación de los Resultados de Precios de Transferencia con la creación de valor, aprobadas en octubre de 2015. Sin embargo, en esta guía añadida a las nuevas directrices, si bien muestra que el método en cuestión de utilidades debe aplicarse cuando se considere que es el método más apropiado para el caso, sí incluye mayores luces sobre cuándo y cómo puede ser el caso de aplicación de este método, así como brinda ejemplos de estos casos.   
  • Así mismo, se agrega el reporte “Guía para las Administraciones Tributarias para la Aplicación del Enfoque HTVI (Intangibles difíciles de valorar, por sus siglas en inglés), aprobado por el Marco Inclusivo sobre BEPS de la OCDE y el G20 el 4 de junio de 2018. Esta guía muestra los principios básicos para la aplicación de este enfoque desde la perspectiva de la administración tributaria con el fin de mitigar riesgos de doble imposición, así como para generar una mayor consistencia y/o coherencia en sus valoraciones, brindando a su vez diversos ejemplos y mostrando la posibilidad de acceso a procedimiento amistoso en caso de convenios fiscales. 
  • Además, se agregan las disposiciones de las Guías de Precios de Transferencia para Transacciones Financieras, aprobadas por el Marco Inclusivo sobre BEPS de la OCDE y el G20 el 20 de enero de 2020, donde se incluyen los tratamientos para diversas transacciones de financiamiento, tales como préstamos intercompañía, cash pooling, funciones de tesorería, garantías, entre otros aspectos.  
  • Finalmente, la OCDE ha realizado cambios de consistencia en las Directrices a nivel general, para generar un mayor y mejor entendimiento de lo dispuesto en ellas. 

Lo anterior indica avances significativos en la manera de ver los precios de transferencia dentro de las compañías, así como para las administraciones tributarias, brindando herramientas sólidas para el cumplimiento de las disposiciones en la materia y así demostrar que las transacciones intercompañía se ajustan al Principio de Plena Competencia, así como mitigar riesgos a la hora de establecer estrategias, planeaciones y demás esquemas intercompañía, aprovechando la más reciente información. 

Los avances anteriormente mencionados traen consigo un fortalecimiento de las autoridades tributarias en la materia, por lo cual una adecuada estructuración de las transacciones intercompañía y un acompañamiento efectivo pueden generar fortalezas en sus organizaciones y así optimizar sus procesos y mitigar riesgos de cuestionamientos por parte de distintas organizaciones. 

 

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Socio líder de Impuestos y Servicios Legales

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Pedro Sarmiento Pérez
Impuestos y Legal
Crowe Colombia