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Pautas para celebrar una Asamblea de Accionistas exitosa

Impuestos & Servicios Legales
4/04/2022
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Llega el momento del año corporativo en que se debe acudir al ejercicio de los derechos sociales, por intermedio de su expresión más importante y dada su naturaleza, recoge el núcleo del funcionamiento de las sociedades mercantiles en nuestro país, pues bien, la Asamblea de Accionistas ordinaria se reúne por regla general una vez el año, salvo lo dictado en los estatutos sociales a los accionistas de cada tipo societario para recibir los resultados del último ejercicio en materia financiera y de gestión, oportunidad para designar a los administradores de la sociedad y, sobre todo, recibir los dividendos a los que dé lugar la entidad en caso de que su ejercicio económico otorgue rendimientos favorables.

Esta asamblea no se trata exclusivamente de un ritual de formalidades, por el contrario, su noción dista en la práctica de lo contemplado en la ley, dado que es el espacio propio para empaparse del sistema social donde tienen invertido su patrimonio por la consecución de un bien económico que retribuya resultados satisfactorios para los asociados.

Igualmente, en otro tipo de sociedades denominadas legalmente como junta de socios, podrá reunirse de manera extraordinaria las veces que lo estime necesario para subsanar situaciones críticas o acontecimientos imprevistos que deben ser atendidos con urgencia, como por ejemplo, la remoción del Representante Legal, decisiones financieras como puede ser la capitalización o la modificación de los estatutos sociales para redirigir el rumbo societario o bien, para competir a la vanguardia del negocio corporativo en el que se encuentra. 

En todos los casos, bien sea por reunión ordinaria o extraordinaria, quien convoque la asamblea deberá surtir el procedimiento de convocatoria previsto en los estatutos sociales para reunir a los asociados, garantizando la participación de los accionistas, sin ignorar que la emergencia sanitaria, económica y social provocada por la pandemia del COVID-19 presentó la oportunidad de realizar reuniones virtuales en plena situación que sin duda se acomoda a la vanguardia societaria, luego que en determinadas ocasiones resultaba una tarea titánica citar a todos los accionistas en ciertas locaciones para reuniones de al menos dos horas, por tanto, es un cambio que debería perdurar con el tiempo.

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Juan Carlos Arbeláez
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