Crowe Tax & Legal
Un informe de Crowe Colombia separa las normas vigentes de los proyectos y anuncios económicos del Gobierno entrante, y explica qué hacer frente a la declaración de renta, los impuestos, los subsidios, el crédito, el dólar y las devoluciones pendientes.
Bogotá, agosto de 2026. El cambio de mando encontrará a las familias colombianas con una combinación poco común que, pese a generar tranquilidad para el bolsillo, causa más incertidumbre a las finanzas personales: el dólar está casi $900 por debajo de hace un año, el crédito puede acercarse al 30%y la declaración de renta comenzará cinco días después de la posesión de Abelardo de la Espriella.
El Gobierno entrante anuncia un ajuste en gastos de $60 billones, mientras que el Congreso recibe una reforma tributaria que busca $21,9 billones en 2027. La pregunta no es solo qué hará el nuevo gobierno, sino cuáles anuncios producen efectos inmediatos al bolsillo, cuáles necesitan una ley para ser aprobados y qué decisiones económicas, si o si, conviene aplazar en este momento.
Al respecto, un informe económico y financiero de Crowe Colombia revisó normas, proyectos tributarios, calendario de la Dian y decisiones de la Corte Constitucional. Juan Carlos Arbeláez Mesa, socio de Impuestos y Servicios Legales de la firma, explica siete claves para no confundir promesas de Gobierno con obligaciones innegociables.
1. Declaración de renta: ¡Ojo! el cambio de presidente no mueve su vencimiento. Cerca de siete millones de personas naturales deberán declarar renta de 2025 entre el 12 de agosto y el 26 de octubre. “El cambio de gobierno no modifica las tarifas, topes y plazos aplicables a esa declaración”, precisa Arbeláez.
Revise si al terminar 2025 tenía un patrimonio bruto superior a $224.096.000 o si sus ingresos, consumos con tarjeta, compras, consignaciones, depósitos o inversiones llegaron a $69.719.000. Superar uno de esos límites puede obligarlo a declarar.
La fecha depende de los dos últimos números del NIT. Sin embargo, recuerde que declarar no significa pagar, pero omitir la obligación puede generar sanciones. Reúna los certificados necesarios.
2. Crédito: una cuota pequeña puede esconder un costo cercano al 30%. Agosto comenzó con una tasa máxima de usura de 29,49% efectivo anual para créditos de consumo y ordinarios. No obliga a los bancos a cobrar el límite, pero muestra por qué una tarjeta, un avance o un préstamo pueden resultar costosos.
Por eso antes de aceptar una compra diferida, pregunte por tasa efectiva anual, seguros, comisiones y valor total. Compare el costo, no solo la cuota. Priorice, además, las obligaciones más caras y confirme si un abono reducirá plazo o cuota.
“Un ajuste creíble y ejecutado tiende a reducir el rendimiento exigido a los títulos de deuda pública, lo que abarata el fondeo de los establecimientos de crédito”, señala Arbeláez. Si el Gobierno ordena sus cuentas, algunas tasas podrían bajar después, pero no inmediatamente.
3. Dólar: comprar barato no significa comprar todo de una vez. La TRM está sobre los $3.200, casi $900 por debajo de un año atrás. Beneficia a viajeros, estudiantes y personas con deudas en dólares. Quienes reciben remesas obtienen menos pesos por cada giro.
La decisión del Banco de la República de comprar gradualmente hasta 4.000 millones de dólares para fortalecer reservas mostró que la cotización puede cambiar rápido. Quien necesite divisas debería comprarlas por etapas.
4. Devoluciones: la Corte ordenó reintegros, pero deberá probar el pago. La Corte Constitucional anuló el decreto tributario expedido durante la emergencia económica de diciembre de 2025 y ordenó devolver impuestos directos pagados anticipadamente. Para los indirectos, la persona debe acreditar que asumió materialmente el cobro.
Por ejemplo, si compró licores o cigarrillos, o apostó por internet entre el 30 de diciembre de 2025 y el 28 de enero de 2026, busqué esas facturas, comprobantes y extractos. La devolución no es automática, pues dependerá de los mecanismos que habilite la Dian y de demostrar el pago. ¡Ojo! no entregue dinero a intermediarios y consulte canales oficiales.
5. Gasto público: el primer decreto no puede crear impuestos. El ministro de Hacienda designado, Miguel Gómez Martínez, anunció que congelará partidas mientras revisa las finanzas públicas. “Con el inicio del nuevo gobierno se podrá adoptar, sin necesidad de trámite legislativo, un decreto de congelamiento del gasto público”, explica Arbeláez.
La medida puede afectar recursos no comprometidos, contratos de prestación de servicios, obras sin comenzar y programas con baja ejecución. No significa que todos los pagos se suspendan ni permite crear impuestos mediante ese decreto.
En ese sentido, revise cada beneficio en la entidad responsable. Tenga en cuenta que un anuncio de austeridad no equivale necesariamente a eliminar una transferencia, beca u obra local.
6. Reforma Tributaria: los nuevos cobros continúan en manos del Congreso. El Gobierno saliente radicó un proyecto que busca recaudar $21,9 billones en 2027. Propone elevar del 5% al 19% el IVA de vehículos híbridos, gravar más los combustibles, modificar beneficios por dependientes, ampliar el impuesto al patrimonio y cobrar IVA a determinadas compras internacionales.
En otras palabras, en un vehículo híbrido de $150 millones, pasar del 5% al 19% representaría una diferencia cercana a $21 millones. El cobro no está vigente: el equipo entrante anunció que no respaldará el proyecto y presentará una reforma propia.
Sin embargo, la iniciativa tampoco desapareció. El Congreso puede modificarla, archivarla, aprobarla o sustituirla. En consecuencia, no decida como si fuera ley ni como si estuviera hundida.
7. Subsidios y gasolina: no gaste aumentos todavía no aprobados. El gobierno entrante ha dicho que mantendrá los subsidios para población vulnerable, pero revisará beneficiarios, contratos y partidas. También prometió elevar Colombia Mayor hasta $400.000 mensuales cuando las finanzas lo permitan. Sin acto administrativo, calendario y monto confirmado, el hogar debe presupuestar el valor que ya recibe, lo demás, literal, es puro ‘humo’.
¿Qué si puede hacer ahora? Actualice sus datos en el Sisbén y conserve comprobantes. Una promesa de aumento no debe convertirse anticipadamente en dinero para arriendo, alimentación o medicamentos.
El dólar bajo puede aliviar el costo de importar combustibles, pero no garantiza que el precio de la gasolina disminuya. También pesan el petróleo, el Fondo de Estabilización y las decisiones del Gobierno. Si el galón subiera $500, un carro que consume 25 galones mensuales gastaría $12.500 adicionales.
“El transporte público y de carga trasladan los mayores costos de combustible con un rezago típico de uno a tres meses a las tarifas y a los fletes”, advierte Arbeláez. El efecto puede terminar en pasajes y alimentos.
Finalmente, la ruta para su bolsillo tiene cuatro fechas clave: i) posible congelamiento del gasto el 7 de agosto; ii) inicio de vencimientos para presentar la declaración del impuesto sobre la renta el 12 del mismo mes; iii) eventual presentación de la reforma tributaria del gobierno entrante en septiembre; y iv) plazo para aprobar el presupuesto general de la Nación hasta el 20 de octubre. La regla es verificar antes de gastar, endeudarse o celebrar un beneficio anunciado.
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