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MINHACIENDA PROPONE APLICAR RETENCIÓN EN LA FUENTE DEL 1,5% A LOS PAGOS ELECTRÓNICOS REALIZADOS A TRAVÉS DE BRE-B Y OTRAS PLATAFORMAS DIGITALES

Andrea Ospina García 
23/10/2025
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El Ministerio de Hacienda y Crédito Público publicó para comentarios un proyecto de decreto mediante el cual se propone modificar los artículos 1.3.2.1.2., 1.3.2.1.7. y 1.3.2.1.8. del Decreto 1625 de 2016, con el fin de establecer la retención en la fuente del 1,5 % sobre los pagos o abonos en cuenta que se realicen a través de plataformas electrónicas, pasarelas de pago y billeteras digitales, entre ellas Bre-B.

La iniciativa busca eliminar el tratamiento desigual existente entre los pagos efectuados con tarjetas de crédito o débito, actualmente sujetos a retención del 1,5 %, y aquellos realizados por medios electrónicos alternativos, los cuales no están gravados bajo la misma tarifa. Según el Ministerio, la medida se orienta a garantizar la neutralidad tributaria entre los distintos mecanismos de pago.

Aspectos principales del proyecto

  • La tarifa de retención aplicable a los pagos electrónicos sería del 1,5 %, equivalente a la que hoy rige para los pagos con tarjeta.
  • Se designan como agentes de retención los adquirentes, pasarelas o agregadores que intervengan en la operación de pago.
  • La retención se practicaría en el momento del pago o abono en cuenta, y su base se determinaría sobre el valor total de la transacción, descontando otros impuestos, tasas o propinas incluidas en el valor.
  • Se exceptúan de la medida los pagos realizados a personas naturales no responsables del IVA.
  • El decreto tendría aplicación a partir del primer día del segundo mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial, lo cual otorgaría un periodo corto de implementación a los agentes retenedores.

De aprobarse el decreto en los términos propuestos, los procesadores de pagos, entidades financieras y plataformas digitales deberán adaptar sus sistemas para practicar y reportar las retenciones de manera automática.

Para los comercios y micronegocios que utilizan medios digitales como Bre-B, Nequi, Daviplata o PSE, la medida puede implicar afectaciones en el flujo de caja y una mayor carga administrativa, dado que el 1,5 % sería descontado directamente por el agente retenedor.

Desde la perspectiva del principio de neutralidad y equidad tributaria, la propuesta resulta coherente con el objetivo de igualar el tratamiento fiscal entre medios de pago; sin embargo, su implementación requiere una adecuada motivación técnica y un periodo de transición razonable que permita a los agentes adaptar sus sistemas tecnológicos y contractuales.

Asimismo, el proyecto contempla que las personas naturales no responsables de IVA no estarán sujetas a la retención, lo cual atenúa su impacto en los segmentos de menor capacidad económica. No obstante, subsisten dudas operativas sobre cómo acreditará el agente retenedor esa condición en el momento del pago.

El proyecto de decreto representa un cambio relevante en el esquema de retenciones en la fuente aplicables a los pagos electrónicos, y refleja la intención del Gobierno de fortalecer el control tributario sobre las operaciones digitales. No obstante, al tratarse de una noticia en desarrollo, aún está en fase de discusión y su texto puede sufrir modificaciones antes de su publicación definitiva.

En Crowe seguiremos atentos a la evolución de esta iniciativa y a las aclaraciones que emita el Ministerio de Hacienda o la DIAN, con el propósito de mantener informados a nuestros clientes sobre los impactos tributarios y operativos que pueda generar la eventual adopción de esta medida.

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