El pasado 31 de julio del 2023, se expidió el Decreto Legislativo 1267, por medio del cual se adoptan las siguientes medidas temporales para la reactivación del turismo en el departamento de la Guajira, en el marco del Estado de Emergencia, Social y Ecológica:
1. Exención hasta el 31 de diciembre de 2030 del impuesto sobre las ventas – IVA para determinados servicios turísticos que presten en el Departamento de la Guajira y tengan inscripción activa en el Registro Nacional de Turismo.
a. No aplicará para los municipios de Maicao, Manaure y Uribia. Los saldos a favor generados en las declaraciones tributarias del IVA podrán ser imputados en las declaraciones de los períodos
siguientes. En ningún caso, podrán ser objeto de devolución y/o compensación.
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