Hoy 23 de mayo de 2025, la DIAN expidió la resolución mediante la cual modifica los plazos para la presentación de la información exógena del año gravable 2024. En la misma fecha, anunció oficialmente el restablecimiento total de sus servicios informáticos, declarando finalizada la contingencia mediante el Comunicado No. 052 del 23 de mayo de 2025, luego de superar las fallas técnicas que afectaron la presentación de declaraciones tributarias y trámites aduaneros desde el 13 de mayo (Comunicado No. 047).
¿Qué implica esto para los contribuyentes?
Conforme al artículo 579-2 del Estatuto Tributario y al Concepto DIAN 4371 de 2020:
Nuevos plazos para la información exógena del año gravable 2024
Los cambios aplican a:
Nuevas fechas de presentación:
Cambio relevante – Artículo 70 de la Resolución 000162 de 2023
Atención presencial el sábado 24 de mayo
La DIAN prestará atención en jornada continua de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. en todos sus puntos de contacto a nivel nacional para acompañar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones.
Recomendación para asesores, contadores y revisores fiscales
Se recomienda verificar que la información presentada durante los días de contingencia haya sido recibida correctamente por la DIAN. En caso de que no figure como exitosa en el sistema, deberá realizarse nuevamente la presentación correspondiente, dejando constancia documental del proceso.
Adjuntamos copia de la resolución y comunicado 52 expedida por la DIAN para su consulta.
¿Tienes inquietudes sobre estos cambios o sobre el cumplimiento de tus obligaciones formales?
Estamos disponibles para brindarte acompañamiento tributario ante cualquier requerimiento.
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