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La DIAN levanta la contingencia por caída de servicios informáticos: contribuyentes tendrán plazo adicional hasta el 26 de mayo

John  Ayala Hernández 
23/05/2025
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Hoy 23 de mayo de 2025, la DIAN expidió la resolución mediante la cual modifica los plazos para la presentación de la información exógena del año gravable 2024. En la misma fecha, anunció oficialmente el restablecimiento total de sus servicios informáticos, declarando finalizada la contingencia mediante el Comunicado No. 052 del 23 de mayo de 2025, luego de superar las fallas técnicas que afectaron la presentación de declaraciones tributarias y trámites aduaneros desde el 13 de mayo (Comunicado No. 047).

¿Qué implica esto para los contribuyentes?

Conforme al artículo 579-2 del Estatuto Tributario y al Concepto DIAN 4371 de 2020:

  • Los contribuyentes obligados a presentar declaraciones y pagos entre el 12 y el 23 de mayo podrán hacerlo sin sanciones ni intereses hasta el lunes 26 de mayo de 2025 a las 11:59 p. m.
  • Esta medida aplica, entre otros, al formulario 2593 del Régimen Simple de Tributación.

Nuevos plazos para la información exógena del año gravable 2024

Los cambios aplican a:

  • Grandes contribuyentes con NIT terminados en 9 y 0, cuyos vencimientos originales eran el 12 y 13 de mayo.
  • Personas jurídicas y naturales con vencimientos programados entre el 14 de mayo y el 13 de junio.

Nuevas fechas de presentación:

  • NIT terminados en 9 y 0: hasta el 28 de mayo de 2025
  • Últimos dos dígitos del NIT:
  • 01 al 10: 28 de mayo
  • 11 al 20: 3 de junio
  • 21 al 30: 4 de junio
  • 31 al 40: 5 de junio
  • 41 al 50: 6 de junio
  • 51 al 60: 9 de junio
  • 61 al 70: 10 de junio
  • 71 al 80: 11 de junio
  • 81 al 90: 12 de junio
  • 91 al 00: 13 de junio

Cambio relevante – Artículo 70 de la Resolución 000162 de 2023

  • Antes: El término de 8 días hábiles se contaba desde la finalización del calendario de vencimientos.
  • Ahora: Se contará a partir del Comunicado No. 052, que informa la restauración del servicio, brindando mayor seguridad jurídica a los informantes.

Atención presencial el sábado 24 de mayo

La DIAN prestará atención en jornada continua de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. en todos sus puntos de contacto a nivel nacional para acompañar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones.

Recomendación para asesores, contadores y revisores fiscales

Se recomienda verificar que la información presentada durante los días de contingencia haya sido recibida correctamente por la DIAN. En caso de que no figure como exitosa en el sistema, deberá realizarse nuevamente la presentación correspondiente, dejando constancia documental del proceso.

Adjuntamos copia de la resolución y comunicado 52 expedida por la DIAN para su consulta.

¿Tienes inquietudes sobre estos cambios o sobre el cumplimiento de tus obligaciones formales?

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