Crowe Tax & Legal
Recientemente, el Tribunal Contencioso Administrativo de Sucre profirió sentencia de primera instancia dentro del medio de control de nulidad (rad. 2024-149), en la cual se analizó la legalidad del artículo 374 del Acuerdo No. 006 del 1 de diciembre de 2023, expedido por el Municipio de San Marcos.
La demanda fue promovida por el área de Controversias tributarias de Crowe Colombia, en defensa del ordenamiento jurídico y de las garantías de los contribuyentes, logrando la nulidad parcial de la disposición, específicamente de la expresión que fijaba en un (1) mes el término para interponer el recurso de reconsideración.
Aspecto central de la discusión
El debate jurídico se centró en determinar si el municipio podía modificar el término legal para interponer el recurso de reconsideración, reduciéndolo a un plazo inferior al previsto en la normativa nacional.
Se evidenció que esta disposición:
Decisión del Tribunal
El Tribunal concluyó que el municipio excedió su potestad normativa al establecer un término contrario a la ley, en particular al artículo 720 del Estatuto Tributario, que fija un plazo de dos (2) meses para interponer el recurso de reconsideración.
Asimismo, reiteró que, conforme al artículo 59 de la Ley 788 de 2002 y al artículo 66 de la Ley 383 de 1997, las entidades territoriales deben aplicar el procedimiento tributario nacional y no pueden modificar términos que constituyen garantías del debido proceso.
En consecuencia:
Esta decisión resulta relevante porque refuerza el principio de legalidad en materia tributaria territorial, protege el derecho de defensa frente a actuaciones administrativas restrictivas y reafirma que las entidades territoriales deben sujetarse al procedimiento tributario nacional, sin desmejorar las garantías procesales de los contribuyentes.
Este resultado refleja la estrategia liderada por el equipo de litigios y controversias tributarias de Crowe Colombia, bajo la dirección de Andrea Ospina, orientada a la defensa de los contribuyentes frente a medidas de agresividad fiscal en el ámbito territorial, con el acompañamiento del equipo de impuestos territoriales liderado por Nicolás Bustos, quienes desde su interacción permanente y trabajo directo con las administraciones municipales aportan una visión clave para la identificación y gestión de este tipo de riesgos, en el marco de un trabajo articulado entre áreas de la Firma.
Contáctenos - [email protected]
Lea la sentencia aquí