El 26 de enero de 2018 los Gobiernos de Colombia e Italia suscribieron un convenio para la eliminación de la doble tributación con respecto al impuesto sobre la renta, la prevención de la evasión y elusión tributaria. Este Convenio aplicará a personas residentes en uno o ambos Estados y a establecimientos permanentes que tengan rentas mobiliarias, utilidades empresariales, navegación, transporte aéreo internacional, empresas asociadas, dividendos, intereses, regalías, ganancias de capital, prestación de servicios personales independientes, dependientes, artistas, deportistas, pensionados, entre otras actividades que generen rentas, las mencionadas solo podrán ser gravadas en solo un estado.
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