El Consejo de Estado, Sección Cuarta, en la Sentencia 28380 de 2025, resolvió una demanda de nulidad contra los Conceptos DIAN 1739 de 2019 y 873 de 2022, los cuales habían concluido que los arrendamientos contratados por Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) debían estar gravados con IVA en todos los casos.
El Alto Tribunal determinó que esta interpretación resultaba contraria al marco normativo y constitucional, en la medida en que desconocía que, bajo ciertas condiciones, los contratos de arrendamiento sí pueden estar cobijados por la exclusión del impuesto.
El fallo estableció que:
La Sentencia 28380 de 2025 del Consejo de Estado constituye un hito relevante para el sector salud, al precisar que los arrendamientos de IPS pueden estar excluidos del IVA cuando cumplen con los requisitos de financiación con recursos del PBS y destinación exclusiva a la prestación de servicios de salud.
Se trata de un pronunciamiento que brinda mayor seguridad jurídica al sector, protege los recursos de la seguridad social y aporta herramientas concretas para la defensa de la exclusión en la práctica contable y tributaria.
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