El gobierno del distrito de Bogotá ha presentado al Concejo de la ciudad un nuevo Plan de Desarrollo titulado “Bogotá Camina Segura”, que funcionará como hoja de ruta para los próximos cuatro años. Una de las propuestas más relevantes y polémicas incluidas en este plan es la introducción de un impuesto específico destinado a financiar el servicio de alumbrado público. Este artículo ofrece un análisis detallado de esta propuesta tributaria y explora las implicaciones legales de la misma basándose en recientes sentencias de la Corte Constitucional de Colombia.
La propuesta del gobierno distrital sugiere la implementación de un impuesto que financiará el mantenimiento, modernización y ampliación del alumbrado público en Bogotá, asignando una tarifa dependiendo del estrato de la siguiente manera:
La base gravable para este impuesto sería el valor facturado mensualmente por el servicio público domiciliario de energía eléctrica en el Distrito Capital. Es importante destacar que la industria y el comercio enfrentarían un aumento adicional del 10% sobre lo que actualmente pagan, lo que sugiere un impacto económico significativo para estos sectores.
La Corte Constitucional de Colombia ha emitido diversas sentencias que establecen claros precedentes sobre la creación y modificación de impuestos a través de los planes de desarrollo. Estas sentencias son cruciales para evaluar la legalidad de la nueva propuesta tributaria. Algunos puntos destacados incluyen:
Con base en estos precedentes, el análisis de la propuesta debe centrarse en si cumple con los principios de reserva de ley, igualdad y equidad. Además, debe examinarse si la propuesta ha seguido el debido proceso legislativo exigido para la creación de nuevos tributos.
¡SABIAS QUE!
Conoce más acerca del servicio de Big data de Crowe Co
Contáctanos para una asesoría
[email protected]
Nuestros Profesionales