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Puntos importantes a considerar para presentar el Dictamen Fiscal para Ejercicio 2018

El contador tiene la oportunidad de solicitar a la Dirección General de Impuestos Internos un número transitorio para poder cumplir con las obligaciones fiscales.

Pablo Avilés Salinas
8/4/2019
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Se hacen recordatorios por parte de La Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda a los contadores que interactuarán con el Sistema de Dictamen Fiscal Electrónico lo siguiente:

  1. Registrarse en los servicios por Internet que presta esta Administración Tributaria (Registro DGII) y así poder hacer uso del Sistema por medio del sitio web del Ministerio de Hacienda. Para esto se debe de considerar:
    • Obtener la autorización y Credencial de Identificación de Contador que le acredita ejercer la Contabilidad. (Con base a lo establecido en el Art. 149-B, Inciso tercero del Código Tributario y Arts. 2, 5 Inciso primero y 6 Inciso primero de la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría, reformada mediante Decreto Legislativo No. 646, publicado en el Diario Oficial No. 218, Tomo 417 de fecha 22 de noviembre de 2017.)

    Si su Solicitud para obtener la “Credencial de Identificación de Contador” se encuentra en trámite, podrá registrarse en esta Dirección General, adjuntando al formulario de Aceptación, una Declaración Jurada y además, original y fotocopia de la Solicitud mencionada

    • Posteriormente, el contador interesado deberá presentarse con el formulario “Aceptación de Términos de Registro de los Servicios por Internet”, en el Área de Servicios por Internet de la Dirección General de Impuestos Internos ubicada en el Centro de Servicios al Contribuyente, contiguo al Condominio Tres Torres, o en los Centros o Mini-centros de Servicios ubicados en todo el país. Si no es el contador el que hacer personalmente el tramite deberá utilizarse el formulario “Autorización para Solicitar Asignación de Opciones Especiales de Usuarios para los Servicios por Internet” (Ambos puede descargarse en los links al final del articulo)
    • Este trámite se realiza una sola vez, pudiendo presentarlo posteriormente únicamente con el propósito de modificar sus datos proporcionados originalmente (nombre del Contador, dirección de correo electrónico).
  2. Los profesionales de la Contaduría Pública que ya se encuentren registrados en DGII por medio de los formularios antes mencionados y presentado toda la documentación correspondiente, actualizarán sus datos para interactuar con el Sistema de Dictamen Fiscal Electrónico, por medio de escrito que se presente ante la Administración Tributaria adjuntando fotocopia y original para confrontación de cualquiera de los siguientes documentos, según la situación a actualizar:
    •  Resolución de Número de Acreditación de Contador emitida por el MINED.
    • Credencial de Identificación de Contador emitida por el CVPCPA.
    • Solicitud de Inscripción de Contador ante el CVPCPA.

    El procedimiento para actualizar los datos referidos se detalla en la hoja de indicaciones publicada en este Portal, la cual puede ser consultada y descargada mediante el enlace proporcionado al final del artículo

  3. Los Auditores que se registraron en los servicios por Internet de la DGII, y que también ejercerán como Contadores, deberán actualizar ante la Administración Tributaria su Número de Inscripción de Contador del CVPCPA, conforme lo expresado en los numerales anteriores a más tardar el 30 de junio de 2019, se desactivarán en el registro o base de Contadores de esta Administración Tributaria.
  4. Si el Contador ha actualizado sus datos oportunamente en los términos del presente comunicado, pero el Sistema le indica que está inactivo o no está registrado, podrá solicitar la activación a la Administración Tributaria por medio de correo electrónico dirigido a [email protected], adjuntado en formato PDF las pruebas correspondientes (Credencial de Identificación de Contador, Copia de la Solicitud de Inscripción de Contador CVPCPA, Copia del formulario Aceptación de Términos de Registro de los Servicios por Internet), según corresponda.

CONSULTAS

En caso de existir dudas sobre las anteriores indicaciones, pueden realizar su consulta llamando al Call Center de la Dirección General de Impuestos Internos, Tel. 2244-3444, o a los teléfonos 2244-3660 o 3661.

Para los clientes de nuestra firma que necesiten ayuda pueden comunicarse vía los siguientes medios:

 

También puede descargar los formularios haciendo clic en los siguientes enlaces: