Se modifica por completo el marco legal para la contratación y colocación de trabajadores de fuera de la Unión Europea en Rumanía.


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Se ha publicado en el Monitor Oficial la Ordenanza de Urgencia n.º 32 relativa al acceso de los extranjeros al mercado laboral rumano, así como la modificación y complementación de diversos actos normativos.

La ordenanza establece un nuevo marco integral para la contratación y colocación de trabajadores de fuera de la Unión Europea en Rumanía, derogando el Título I de la OG 25/2014 y modificando sustancialmente la OUG 194/2002 (régimen de extranjeros), el Código del Trabajo y la Ley 198/2008 (tasas consulares). A continuación, presentamos los cambios más importantes: Existirán dos modalidades de contratación de trabajadores D/AM2 exclusivamente a través de la plataforma WorkinRomania.gov.ro como punto único de entrada. La solicitud única sustituirá al actual permiso de trabajo:

1. A través de una agencia de colocación autorizada (regla general, art. 10) El empleador registrado contrata mediante una agencia autorizada con la que firma un contrato de prestación de servicios; entre la agencia, el empleador y el extranjero se firma un contrato tripartito de colocación.

2. A través de un empleador autorizado (excepción, art. 11) Los empleadores que cumplan determinadas condiciones pueden contratar directamente, sin agencia.

Garantías financieras obligatorias:

  • Empleador autorizado: 1.000 € por extranjero (art. 13)
  • Agencia de colocación: 75.000 € para hasta 250 extranjeros, +50.000 € por cada tramo adicional de 250 (art. 25)
  • Suma fija de 2.000 € por persona, recuperable del empleador o de la agencia si IGI notifica la salida del extranjero (art. 14 y 26)

Condiciones más estrictas para los empleadores autorizados (art. 12):

  • Mínimo 24 meses de actividad efectiva
  • Mínimo 50 empleados en promedio en el año anterior
  • En el año anterior, no más del 20% de los extranjeros empleados pueden estar en situación irregular
  • Sin sanciones por trabajo no declarado en los últimos 24 meses

Condiciones para las agencias de colocación (art. 24):

  • Representantes legales, administradores y accionistas deben ser ciudadanos de la UE/EEE/Suiza
  • No haber sido funcionarios públicos en los últimos 3 años en autoridades con competencias en migración laboral (IGI, MAE, ministerio de trabajo, etc.)
  • Identificación de los beneficiarios efectivos conforme a la Ley 129/2019
  • Autorización válida por 2 años, prorrogable

Modificaciones relativas a visados (cambios en OUG 194/2002):

  • El visado de trabajo se divide en D/AM1 (personas altamente cualificadas, personal especializado, deportistas profesionales, ciudadanos de Moldavia/Ucrania/Serbia, trabajadores en proyectos de infraestructura) y D/AM2 (trabajadores permanentes, estacionales y transfronterizos a través de agencia)
  • Nuevo visado D/VM (vacaciones y trabajo)
  • Nuevo artículo que enumera categorías que pueden ser contratadas sin necesidad de visado D/AM (residentes de larga duración, familiares, estudiantes, beneficiarios de protección, etc.)
  • Recogida obligatoria de datos biométricos (imagen facial + 10 huellas) para visados de larga duración
  • Tasa para visado de larga duración: 300 € (con distribución progresiva al MAE: 50% en 2026, hasta 95% a partir de 2030)

Modificaciones del Código del Trabajo:

  • Obligación de redactar el contrato individual de trabajo del extranjero en rumano y en su lengua de origen o en un idioma internacional fácilmente comprensible
  • Excepción: el extranjero puede ser contratado sin certificado médico previo, pero debe obtenerlo antes de iniciar efectivamente la actividad
  • Nuevas causas de terminación del contrato: rechazo de la solicitud única y constatación de estancia ilegal por parte de IGI
  • Sanción de 6.000 RON por contratos no redactados de forma bilingüe

Sanciones:

Las multas oscilan entre 5.000 y 40.000 RON por trabajador, incluyendo una nueva infracción específica por colocación sin autorización.

Régimen transitorio crítico (Título V)

  • Las disposiciones del Título I se aplican hasta el 7 de agosto de 2026 exclusivamente para el registro de empleadores, autorización de agencias y prueba de la plataforma. El régimen completo entra en vigor el 8 de agosto de 2026.
  • Las solicitudes de permisos de trabajo/desplazamiento presentadas antes de la entrada en vigor se resuelven conforme a la legislación anterior.
  • Plazo de 180 días para solicitar el visado D sobre la base de notificaciones emitidas anteriormente.
  • Régimen extraordinario de regularización: los extranjeros que hayan permanecido en Rumanía tras la expiración de su derecho de estancia y contra los cuales no se haya emitido una orden de retorno pueden solicitar la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Plazos para los actos de aplicación: entre 30 y 45 días desde la entrada en vigor para órdenes ministeriales y decisiones gubernamentales necesarias.

Volveremos con nueva información en cuanto esté disponible.

 

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