1. Lista de productos con alto riesgo fiscal, comercializados en relación con B2B, para los que la factura electrónica es obligatoria
En el Boletín Oficial No.27 de 10 de enero de 2022 se publicó la Orden del Presidente de ANAF nº 12/2022 sobre el establecimiento de productos de alto riesgo fiscal, comercializados en la relación B2B.
Así, se establecen las categorías de productos y los códigos NC a los que estarán obligados los proveedores, a partir del 1 de julio de 2022, a enviar las facturas emitidas en el sistema nacional respecto a la factura electrónica RO e-Factura, independientemente de que los destinatarios estén o no inscritos en el Registro de RO e-Factura.
Las categorías de productos con alto riesgo fiscal son:
2. Cambios en los contribuyentes administrados por DGAMC
En el Boletín Oficial No. 95 del 31 de enero de 2022 se publicó la Orden ANAF No. 83/2022 por la que se modifica y completa la Orden No. 1.721/2021 sobre la organización de la actividad de administración de grandes contribuyentes, así como sobre algunas obligaciones declarativas.
Por este acto normativo, los grandes contribuyentes que previamente fueron seleccionados según el criterio de continuidad son eliminados de la administración de la Dirección General para la Administración de Grandes Contribuyentes (DGAMC), aunque han registrado una disminución en la facturación reportada en los estados financieros de 2020, en comparación con los relacionados con 2019, en un porcentaje superior al 50%, o declararon en los estados financieros relacionados con estos años facturación cero.
Los contribuyentes eliminados de la lista de grandes contribuyentes están obligados a presentar la declaración informativa D406 (SAF-T) respetando los plazos para la categoría de contribuyentes a la que pertenecen tras la reclasificación.
3. Se aprueban procedimientos para la recaudación de créditos presupuestarios de IVA
En el Boletín Oficial No. 27 del 10 de enero de 2022. se publicó la Orden ANAF No. 10/2022 para la aprobación de procedimientos para el cobro de créditos presupuestarios que representen IVA adeudado por los contribuyentes que apliquen los regímenes especiales.
Este acto normativo aprueba los procedimientos de evidenciar y pago de las cantidades representativas del IVA adeudado, así como el procedimiento para la devolución de las cantidades representativas del IVA pagadas en exceso, procedimientos aplicables a los contribuyentes aplicando los siguientes regímenes especiales:
4. Exención del IVA para las fuerzas armadas de otros Estados miembros de la UE y ampliación del plazo para la reestructuración de las obligaciones presupuestarias pendientes
En el Boletín Oficial No. 92 del 28 de enero de 2022 se publicó la OG No. 4/2022 para la modificación de la Ley No. 227/2015 sobre el Código Fiscal, así como para la ampliación de un plazo.
Mediante este acto normativo, a partir del 1 de julio de 2022, la exención del IVA para:
Este acto normativo también amplía el plazo hasta el cual los contribuyentes pueden solicitar la reestructuración de las obligaciones presupuestarias pendientes el 31 de diciembre de 2020, con base en la Ordenanza del Gobierno nº 6/2019 sobre el establecimiento de facilidades fiscales, hasta el 31 de julio de 2022.
5. Ratificación del Convenio Multilateral para la Aplicación en los Tratados Tributarios de las Medidas Relativas a la Prevención de la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios BEPS
En el Boletín Oficial No. 28 de 10 de enero de 2022, se publicó la Ley 5/2022 para la ratificación del Convenio Multilateral para la implementación dentro de los tratados tributarios de medidas relacionadas con la prevención de la erosión de la base imponible y el traslado de utilidades. El texto de la Convención se publica en el Boletín Oficial No. 28 bis de 10 de enero de 2022.
El convenio multilateral afecta a la aplicación de las disposiciones de la mayoría de los tratados de doble imposición celebrados por Rumanía, por lo que tiene un gran impacto en el razonamiento fiscal aplicable en relación con los contribuyentes con residencia fiscal en una de las jurisdicciones implicadas.
El Convenio Multilateral entrará en vigor a partir de julio de 2022 como muy pronto.
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