1. Notificación de facturas pendientes en RO e-Factura
Se ha aprobado el procedimiento que permite a los beneficiarios notificar a las autoridades tributarias cuando las facturas obligatorias no se cargan dentro del plazo legal por parte de los proveedores, de conformidad con el artículo 10^9 del Decreto de Urgencia del Gobierno no. 120/2021.
De este modo, si el emisor no cumple con la obligación de transmitir la factura a través del sistema nacional RO e-Factura, los beneficiarios que no hayan recibido dichas facturas podrán enviar electrónicamente el formulario (800) ”Notificación relativa a las facturas no transmitidas a través del sistema RO e-Factura” a partir del día siguiente al vencimiento del plazo para la transmisión de las facturas en el sistema por parte del emisor.
El emisor notificado recibe un mensaje en el Espacio Privado Virtual (SPV) y está obligado a transmitir la factura en el sistema RO e-Factura a más tardar el día siguiente de la recepción de la notificación. Simultáneamente con el envío del mensaje en el Espacio Privado Virtual (SPV), el emisor es inscrito en un registro electrónico especial de la Agencia Nacional de Administración Fiscal (ANAF). Los contribuyentes inscritos en dicho registro estarán sujetos a un análisis de riesgo con el fin de aplicar las medidas legales correspondientes, en función del riesgo fiscal evaluado.
Tras la transmisión, el emisor deberá actualizar el índice de carga utilizando la funcionalidad específica disponible en la plataforma.
Las disposiciones se publicaron mediante la Orden no. 2229/2025, en el Boletín Oficial no. 895 de 30 de septiembre de 2025.
2. Simplificación del registro de declaraciones fiscales
El nuevo procedimiento elimina la necesidad de desplazarse a la sede del órgano fiscal para la aprobación de la solicitud de registro de las firmas electrónicas.
Con esta actualización, los contribuyentes podrán enviar electrónicamente la Solicitud para el uso de un certificado cualificado (formulario 150), acompañada, en su caso del poder o del documento que acredite la condición de representante legal, así como la Solicitud de revocación del derecho de uso del servicio de Presentación de declaraciones en línea (formulario 151).
Las disposiciones se publicaron mediante la Orden no. 2213/2025, en el Boletín Oficial no. 860 de 19 de septiembre de 2025.
3. Aumenta el valor de los vales de guardería y culturales
A partir de octubre de 2025, el valor de los vales concedidos a los empleados se actualiza nuevamente:
De acuerdo con la legislación vigente, tanto los vales de guardería como los vales culturales están sujetos a un impuesto del 10%, pero no se incluyen en la base de cálculo de las cotizaciones sociales obligatorias (CAS - Cotización al la seguridad social y CASS - cotización al sistema de salud).
Las disposiciones se publicaron mediante las Ordenes no. 1574 y 1602/2025, en los Boletines Oficiales no. 899 y 900 de 1 de octubre de 2025.
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