1. Procedimiento para el registro fiscal de oficio / a solicitud de otras autoridades
Se ha aprobado el procedimiento de registro fiscal de oficio o a solicitud de otras autoridades que administren los créditos fiscales, aplicable a los contribuyentes que no hayan cumplido con su obligación legal de registrarse a efectos fiscales. El procedimiento regula las facultades de la autoridad fiscal y las etapas necesarias para la emisión de la resolución de registro.
Mediante esta orden se aprueban los formularios utilizados para este procedimiento, así como las instrucciones para su impresión, uso y archivo.
El nuevo procedimiento sustituye íntegramente el antiguo marco regulado por la Orden ANAF n.º 2921/2016.
Las disposiciones se encuentran en la Orden ANAF no. 2430/2025, publicada en el Boletín Oficial no. 1023 del 5 de noviembre de 2025.
2. Procedimientos para el régimen de exención para pequeñas empresas
Se han aprobado los procedimientos mediante los cuales los operadores económicos con domicilio social en Rumanía pueden aplicar el régimen especial de exención para pequeñas empresas en otros Estados miembros de la Unión Europea, así como el procedimiento aplicable a los operadores económicos con domicilio social en otro Estado miembro que apliquen el régimen en Rumanía, de acuerdo con las modificaciones introducidas por la Ordenanza n.º 22/2025 (más detalles sobre estas modificaciones se describen en nuestra circular del 4 de septiembre de 2025, aquí).
Los procedimientos regulan los pasos que deben seguir los contribuyentes para comunicar la notificación previa sobre la aplicación del régimen especial a la autoridad tributaria competente, así como la forma en que esta comprueba su inclusión en los límites previstos en los artículos 310¹ y 310² del Código Tributario.
La Orden también introduce los formularios necesarios para estos procedimientos, a saber, el modelo de notificación previa, el informe, la decisión y las notificaciones, según corresponda, junto con las instrucciones pLa Orden también introduce los formularios necesarios para estos procedimientos, a saber, el modelo de notificación previa, el informe, la decisión y las notificaciones, según corresponda, junto con las instrucciones para su cumplimentación. Asimismo, contempla las situaciones en las que cesa el régimen especial, como la superación de los límites legales, el cese de la actividad u otros cambios que influyan en la aplicación del régimen, casos en los que la autoridad tributaria competente emite la decisión correspondiente y comunica la información pertinente a las autoridades tributarias de los Estados miembros interesados.
Las disposiciones se encuentran en la Orden ANAF no. 2509/2025, publicada en el Boletín Oficial no. 1067 del 20 de noviembre de 2025.
3. Normas técnicas para el certificado de aplazamiento del IVA en aduanas
Se han aprobado las normas técnicas aplicables a la emisión, modificación y revocación del certificado de aplazamiento del pago del IVA en aduanas, que se realiza a través del Sistema Nacional de Decisiones Aduaneras.
El certificado de aplazamiento del IVA en aduanas se emite en un plazo de 30 días a partir de la comunicación de la solicitud y la documentación prevista en el art. 2, párrafo (1), de las normas aprobadas por la Orden del Ministro de Hacienda n.º 3225/2020. El certificado tiene una validez de 6 meses y puede modificarse o revocarse posteriormente a petición del titular, a través del Sistema Nacional de Decisiones Aduaneras.
Las disposiciones están recogidas en la Orden de la Autoridad Aduanera Rumana no. 3168/2025, publicada en el Boletín Oficial no. 1054 del 17 de noviembre de 2025.
4. El valor de cupones de comida aumenta a partir del 1 de noviembre de 2025
A partir del mes de noviembre de 2025, el valor máximo de los cupones de comida aumenta de 40,18 RON a 45 RON. Este valor es válido hasta el mes de septiembre de 2026.
Las disposiciones se encuentran en la Ley no. 201/2025, publicada en el Boletín Oficial no. 1106 del 28 de noviembre de 2025.
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