June

Principales combios legislativos de Junio de 2022

05/07/2022
June

 

1. La reestructuración financiera ha sido modificada para cubrir las deudas pendientes del ejercicio 2021

En el Boletín Oficial no 594 del 17 de junio de 2022, ha sido publicada la Ordenanza de urgencia no 85 para la modificación y enmienda de algunos actos normativos en materia fiscal y aduanera.

A partir del 17 de junio de 2022, las personas jurídicas que se encuentran en una situación financiera difícil, para las que existe el riesgo de iniciar el procedimiento de insolvencia, podrán recurrir al mecanismo de reestructuración de las obligaciones presupuestarias principales pendientes a 31 de diciembre de 2021, y también de las obligaciones presupuestarias accesorias. 

El mecanismo de reestructuración tiene en cuenta las deudas pendientes del ejercicio 2021, incluidas las deudas que han sido establecidas en el ejercicio 2022, pero que corresponden a períodos hasta el 31.12.2021.

Las obligaciones presupuestarias se refieren a los importes de los títulos ejecutivos que se encuentran en los registros de la ANAF, así como a las obligaciones presupuestarias principales y accesorias establecidas por órganos distintos de los órganos fiscales, y también a las multas de cualquier naturaleza enviadas para su recuperación a los órganos fiscales centrales después del 1 de enero de 2022 hasta la fecha de expedición del certificado tributario.

La solicitud de reestructuración se puede presentar hasta el 31 de julio de 2023, bajo sanción de caducidad.


 

2. E-Transport se ha vuelto obligatorio a partir del 1 de julio, pero las multas por incumplimiento se aplicarán sólo a partir del 1 de octubre

 

En el Boletín Oficial no 657 del 30 de junio de 2022, ha sido publicada la Ordenanza de urgencia no 106 para la modificación del artículo 18 de la Ordenanza de urgencia del Gobierno no 41/2022 por la que se establece el Sistema nacional de seguimiento de los transportes por carretera de bienes de alto riesgo fiscal RO e-Transport y se deroga el artículo XXVIII de la Ordenanza de urgencia del Gobierno no 130/2021 sobre algunas medidas fiscal-presupuestarias, la prórroga de algunos plazos, así como para la modificación y enmienda de algunos actos normativos.

Además, en el Boletín Oficial no 656 del 30 de junio de 2022, ha sido publicada la Orden del Presidente de la Agencia Nacional de Administración Fiscal no 1.190 y del Presidente de la Autoridad Aduanera de Rumanía no 4.625 para la aprobación del Procedimiento de uso y funcionamiento del sistema nacional de seguimiento de los transportes de bienes de alto riesgo fiscal RO e-Transport. 

A partir del 1 de julio ha sido introducida la obligación de informar sobre los transportes por carretera de productos de riesgo desde el punto de vista fiscal, a través del sistema e-Transport, mientras que el régimen de sanciones por incumplimiento se aplicará a partir del 1 de octubre de 2022.

En concreto, la OUG 106/2022 modifica el plazo de aplicación del régimen de sanciones por incumplimiento, ampliando en tres meses el plazo obligatorio para informar sobre los transportes por carretera de productos de riesgo desde el punto de vista fiscal, a través del sistema e-Transport.

Inicialmente, el régimen de sanciones por incumplimiento estaba previsto entrar en vigor el 01 de julio de 2022, pero en el contexto en que el entorno empresarial pidió más tiempo para adaptarse, se decidió posponer su entrada en vigor.

En caso de incumplimiento, la sanción es de entre 10.000 y 50.000 lei, en caso de las personas físicas, o de entre 20.000 y 100.000 lei, en caso de las personas jurídicas (así como la confiscación del importe de los bienes no declarados).

Conforme a la Orden por la que se aprueba el Procedimiento de uso y funcionamiento del sistema nacional de seguimiento de los transportes de bienes de alto riesgo fiscal RO e-Transport, las categorías de vehículos de carretera objeto del seguimiento en el sistema RO e-Transport son aquellas con una masa máxima autorizada de mínimo 3,5 toneladas y cargadas con bienes de alto riesgo fiscal, y que cumplen una de las siguientes condiciones, para cada relación comercial objeto del transporte:

  • la masa bruta total de los bienes debe ser superior a 500 kg; o
  • el valor total de los bienes cargados debe ser superior a 10.000 lei.

 

3. La prórroga de la validez para las ocho operaciones de inversión del sujeto pasivo que estaban vigentes hasta el 30 de junio de 2022

 

En el Boletín Oficial no 594 del 17 de junio de 2022, ha sido publicada la Ordenanza de urgencia no 85 para la modificación y enmienda de algunos actos normativos en materia fiscal y aduanera.

A partir del 1 de julio de 2022, ha sido prorrogada la validez de las ocho operaciones de inversión del sujeto pasivo que estaban vigentes hasta el 30 de junio de 2022, que facilitan la medida de simplificación en el ámbito del IVA, y que se mantendrán vigentes hasta finales de 2026. 

Esta medida es consecuencia de la transposición al Derecho nacional de la Directiva (UE) 2022/890 del Consejo de 3 de junio de 2022 por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a la prórroga del período de aplicación del mecanismo opcional de inversión del sujeto pasivo en relación con determinadas entregas de bienes y prestaciones de servicios susceptibles de fraude, y del mecanismo de reacción rápida contra el fraude en el ámbito del IVA.

Por lo tanto, ha sido prorrogada la validez de las siguientes ocho operaciones previstas en el artículo 331 apartado (6) del Código Fiscal:

  • la entrega de cereales y plantas técnicas, incluidas las semillas oleaginosas y la remolacha azucarera, que, en principio, no están destinados como tales a los consumidores finales;
  • la transferencia de certificados de emisión de gases de efecto invernadero;
  • la transferencia de certificados verdes;
  • la entrega de energía eléctrica a un comerciante sujeto pasivo establecido en Rumanía;
  • la entrega de gas natural a un comerciante sujeto pasivo establecido en Rumanía;
  • las entregas de teléfonos móviles (dispositivos fabricados o adaptados para ser utilizados en conexión con una red autorizada, y que funcionen en determinadas frecuencias, tengan o no otro uso)
  • las entregas de dispositivos de circuitos integrados, tales como microprocesadores y unidades centrales de proceso, en un estadio anterior a su integración en productos de consumo final;
  • las entregas de consolas de videojuegos, tabletas digitales y ordenadores portátiles.

Para la entrega de los bienes previstos en los últimos 3 puntos de la enumeración anterior, la inversión del sujeto pasivo se aplica únicamente si el valor de los bienes entregados, IVA excluido, registrado en una factura, es superior o igual a 22.500 lei.

 

Por lo tanto, la inversión del sujeto pasivo se aplicará a estas operaciones hasta el 31 de diciembre de 2026.

 

 

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