El 25 de julio de 2025, fue publicada en el Diario Oficial no. 699 la Ley no. 141/2025 sobre ciertas medidas fiscal-presupuestarias.
Entre los cambios más importantes se destacan los siguientes:
I. Impuesto sobre dividendos – aumento del tipo impositivo
A partir del 1 de enero de 2026, el tipo impositivo sobre dividendos aumenta del 10% al 16%.
El nuevo tipo se aplica a personas físicas como jurídicas, residente y no residentes, para los dividendos distribuidos a partir del 1 de enero de 2026, o el primer día del ejercicio fiscal modificado que comience en 2026.
Para los dividendos ya distribuidos con base en los estados financieros intermedios de 2025 o el ejercicio fiscal modificado que comience en 2025, el tipo impositivo aplicado será del 10%. No será necesario recalcular el impuesto tras la regularización de los dividendos con base en los estados financieros anuales para 2025.
II. Nuevos tipos impositivos del impuesto adicional para las entidades de crédito
Se modifica el tipo impositivo del impuesto específico sobre el volumen de negocios adeudado por las entidades de crédito como se indica a continuación:
III. Impuesto sobre la renta y cotizaciones sociales
A partir del 1 de agosto de 2025, entraron en vigor una serie de cambios legislativos significativos, entre los cuales: la adaptación del importe de la prestación por baja por enfermedad en caso de enfermedades comunes (excepto accidentes laborales), la ampliación de las categorías de personas que deben pagar la cotización a la Seguridad Social de Salud (CASS), la supresión del sistema de coaseguro gratuito en el sistema público de salud, tributación de los ingresos procedentes de pensiones, premios, juegos de azar, etc.
Prestación por baja por enfermedad, menor para bajas cortas
El importe bruto de la prestación por bajas por enfermedad otorgados en caso de enfermedad común o accidente fuera del trabajo, previamente fijado en el 75% de la base de cálculo, variará en función de la duración de cada episodio de enfermedad, por lo tanto: 55% de la base de cálculo para bajas de hasta 7 días, 65% para bajas de 8–14 días, 75% para bajas de más de 15 días.
CASS será obligatoria para varias categorías de personas a partir del 1 de agosto de 2025
Las siguientes categorías se han eliminado de la categoría de personas exentas del pago de la contribución al seguro social de salud (10%):
Exención del pago de la cotización de salud para los pensionistas con ingresos procedentes de derechos de propiedad intelectual
Como novedad introducida por las reformas legislativas vigentes, las personas pensionistas que obtengan ingresos procedentes de derechos de propiedad intelectual están exentas del pago de la cotización al seguro social de salud
El coaseguro de salud llega a ser opcional y pagadero a partir del 1 de septiembre de 2025
Las personas sin ingresos propios (como esposo/esposa o padres) ya no podrán coasegurarse gratuitamente. Quienes deseen cuidar a estas personas deberán abonar una cotización anual a la CASS, equivalente al 10% de 6 salarios mínimos brutos (2.430 lei en 2025), por cada coasegurado.
Esta cotización se abona mediante la declaración única, en dos plazos: 25% al presentar la declaración y 75% antes del 25 de mayo del año siguiente.
El seguro entra en vigor en la fecha de la presentación de la declaración y tiene una validez de 12 meses.
A partir del 1 de septiembre de 2025, las personas coaseguradas actuales perderán su condición si no se reinscriben mediante este nuevo mecanismo.
Quienes hayan presentado la declaración única y hayan optado por el pago voluntario de la CASS antes del 31 de julio de 2025, mantendrán el plazo de pago establecido por ley en el momento de la opción, es decir, el 25 de mayo de 2026, independientemente de que el mecanismo de coaseguro cambie a partir del 1 de agosto de 2025.
La determinación de la base imponible de los ingresos por pensiones ha cambiado
Las nuevas normativas establecen que los ingresos por pensiones obtenidos tanto en Rumanía como en el extranjero están sujetos a imposición aplicando el tipo impositivo de 10% sobre los ingresos brutos, reducido por la cantidad mensual no imponible de 3.000 lei así como la cotización al seguro social de salud (CASS).
Cambios de las tasas impositivas para los ingresos procedentes de premios y juegos de azar
Las tasas impositivas para los ingresos obtenidos por personas físicas por juegos de azar y premios fueron incrementadas a partir del mes de agosto de 2025.
Los intereses de bonos extranjeros dejarán de ser gravadas en la fuente a partir del 1 de agosto de 2025
En el caso de los ingresos por intereses obtenidos por personas físicas residentes por la tenencia de bonos emitidos por empresas, personas jurídicas residentes en Rumanía, en mercados de capitales extranjeros, los bonos relativos al cálculo, la retención en la fuente y la declaración del impuesto ya no recaen en el emisor. Estos ingresos están sujetos a impuesto a un tipo del 10%, que el contribuyente calcula y declara directamente mediante la declaración única.
IV. Impuesto sobre el valor añadido
Cambio en los tipos del IVA
A partir del 1 de agosto de 2025 el tipo estándar del IVA pasa del 19% al 21% y se introduce un tipo único reducido del IVA del 11%.
Por lo tanto, se eliminarán los tipos reducidos del IVA del 5% y 9%, sustituyéndose por un tipo reducido del IVA del 11%, aplicable únicamente al suministro de determinados bienes y servicios (como: medicamentos, determinados alimentos y bebidas, libros, revistas, servicios de Hostelería, Restaurantes y Catering, etc.).
Los nuevos tipos se aplicarán al hecho generador, por lo que cada transacción deberá analizarse para determinar los casos transitorios.
Se introducen medidas transitorias para el suministro de viviendas en el marco de la política social que cumpla con las condiciones para aplicar el tipo reducido del IVA del 9% antes del 1 de agosto de 2025. Se mantiene el tipo reducido del 9% hasta el 31 de julio de 2026, bajo ciertas condiciones.
Para aquellos productos y servicios que anteriormente estaban incluidos en los tipos reducidos del IVA del 5% o 9% y no se encuentran bajo el nuevo tipo reducido del 11% se aplicará el tipo estándar del IVA del 21%.
Derogación de algunas exenciones del IVA
A partir del 1 de agosto de 2025, se deroga la exención del IVA para la construcción, rehabilitación y modernización de unidades hospitalarias, así como para el suministro de equipos y accesorios médicos, normalmente destinados al ámbito sanitario o al uso por personas con discapacidad, prestados o realizados a entidades sin ánimo de lucro/empresas participadas íntegramente por entidades sin ánimo de lucro.
Asimismo, a partir del 1 de agosto de 2025, se derogan las disposiciones relativas a la devolución del IVA relacionadas con las exenciones mencionadas anteriormente.
V. Aumentos de los impuestos especiales
A partir del 1 de agosto de 2025, el nivel de los impuestos especiales aumentará para varias categorías de productos, como gasolina, diésel, alcohol, cerveza, vinos y bebidas no alcohólicas con azúcar añadido. Asimismo, el nivel de los impuestos especiales volverá a aumentar a partir de 2026. Los nuevos cambios se introdujeron en el Anexo 1 del Título VIII «Impuestos especiales y otros impuestos especiales».
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