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En 2024, RO e-Transport será obligatorio para todas las mercancías

15/01/2024
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A partir del 1 de enero de 2024, entre las modificaciones introducidas por la OUG 115/2023 (las más importantes presentadas por Crowe las puede encontrar aquí), se encuentra la modificación de las disposiciones de la OUG 41/2022 relativas a ciertos aspectos relacionados con la aplicación del sistema RO e-Transport.

La modificación más importante está representada por el hecho de que, a partir de este año, el sistema RO e-Transport se aplica a todos los tipos de mercancías que sean objeto de transporte internacional (no solo a aquellas con alto riesgo fiscal).

La obligación de declarar los datos para el transporte internacional de mercancías recae en los siguientes usuarios:

  • el destinatario indicado en la declaración aduanera de importación, el remitente indicado en la declaración aduanera de exportación, respectivamente, en el caso de las mercancías que sean objeto de operaciones de importación/exportación;
  • el beneficiario de Rumanía, en el caso de las adquisiciones intracomunitarias de bienes;
  • el proveedor de Rumanía, en el caso de las entregas intracomunitarias de bienes;
  • el depositario, en el caso de las mercancías que sean objeto de transacciones intracomunitarias en tránsito, tanto para las mercancías descargadas en el territorio de Rumanía para su almacenamiento, como para la formación de un nuevo transporte a partir de una o más partidas de mercancías, así como para las mercancías cargadas después de su almacenamiento o después de la formación de un nuevo transporte en el territorio nacional de una o más partidas.

Le recordamos que en el sistema se declaran los datos relativos a lo siguiente: el remitente y el beneficiario, la denominación, las características, las cantidades y el importe de las mercancías transportadas, los lugares de carga y descarga, los detalles relativos al medio de transporte utilizado. Sobre la base de esta información, el sistema RO e-Transport generará un código único correspondiente a las mercancías transportadas, denominado código UIT, que deberá ponerse a disposición del conductor.

Además, le recordamos que son objeto de seguimiento en el sistema RO e-Transport solo las categorías de vehículos de carretera que tengan una masa máxima autorizada de al menos 2,5 toneladas y que transporten mercancías con una masa bruta total superior a 500 kg o un valor total mínimo de 10.000 lei, para cada relación comercial objeto del transporte.

Otra novedad es que los operadores de transporte están obligados a equipar los vehículos con dispositivos de posicionamiento por satélite y a garantizar la transferencia de los datos de posicionamiento del vehículo de transporte objeto de la declaración, a lo largo de todo el trayecto. El conductor del vehículo tiene la obligación de encender el dispositivo de posicionamiento antes de iniciar el transporte en el territorio nacional y de apagarlo después de la entrega o después de abandonar el territorio de Rumanía.

El incumplimiento de todas estas nuevas obligaciones será sancionado a partir del 1 de julio de 2024.

Por lo tanto, podemos concluir que para las mercancías con un alto riesgo fiscal se debe obtener un código UIT independientemente de que sean objeto de transporte por carretera nacional o internacional (como hasta ahora), pero además se deberá obtener un código UIT también para las demás mercancías, si éstas forman parte de un transporte internacional.

 

Disclaimer

La información contenida en este boletín está destinada a darle una visión general de los nuevos elementos de la legislación; el boletín no incluye un análisis completo de cada tema. Para obtener más información sobre los temas expuestos, póngase en contacto con nosotros. No se acepta ninguna responsabilidad por decisiones u omisiones tomadas como resultado del uso del contenido de este boletín. Todas las circulares de Crowe se pueden encontrar en la pagina www.crowe.ro

 

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