Los nuevos modelos para la presentación al Registro Mercantil de las cuentas anuales fueron aprobados el pasado 26 de julio de 2021. La principal novedad de estos modelos es la incorporación, con carácter extraordinario y transitorio, de una hoja de declaración Covid-19 para que las empresas faciliten información sobre la repercusión del estado de alarma debido a la pandemia.
La información solicitada es la siguiente:
- Medidas laborales aplicadas: ERTE, permiso retribuido recuperable y baja laboral.
- Alquileres: si se han concedido rebajas, moratorias o ha recibido ayudas financieras públicas al alquiler del local de negocio.
- Avales ICO.
- Ayudas públicas.
- Moratorias hipotecarias y no hipotecarias.
- Suministros: si se ha solicitado flexibilización y suspensión de suministros.
- Turismo: si se ha acogido a las medidas de apoyo del sector del turismo.
Las órdenes entraron en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, martes 27 de julio de 2021. No obstante, la disposición transitoria única indica que se permitirá la utilización de los modelos aprobados por la Orden y Resolución hasta ahora vigentes, siempre que la aprobación de las cuentas y su depósito en el Registro Mercantil competente se haya efectuado con anterioridad a la entrada en vigor de las órdenes indicadas.
Por otro lado, visto en las fechas en las que se han publicado estas órdenes y la cantidad de información a recopilar, se está valorando la posibilidad de ampliar el plazo de presentación de cuentas anuales, hecho que hasta el momento no es oficial.