Ayudas a las actividades de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento, para el año 2022.
Beneficiarios
- Línea 1, Subvenciones a las actuaciones de ámbito estatal de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas: Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción, entes representativos de la economía social, asociaciones, fundaciones y universidades.
- Línea 2, Subvenciones para los gastos de funcionamiento: Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal, entidades asociativas de carácter intersectorial y ámbito estatal de cooperativas, de sociedades laborales y de asociaciones de empresas de inserción, entidades asociativas de carácter sectorial y de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales, entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales.
Modalidad e intensidad de la ayuda
- Presupuesto total: 10.438.000 €.
- Subvención. Línea 1: El importe máximo de la subvención dependerá de la actividad, oscilando ente 50.000 € y 150.000 €. Línea 2: Se garantizará una cantidad mínima a cada una de las entidades, pudiendo ser de 10.000 €, 15.000 € o 30.000 €, dependiendo de la actividad.
Actuaciones elegibles
Línea 1:
- Apoyo y asesoramiento a emprendedores, autónomos y promotores.
- Fomento de la cultura emprendedora, del autoempleo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas.
- Campañas de comunicación, formación y divulgación.
- Elaboración de estudios, trabajos de documentación, investigaciones, etc.
- Organización de congresos, seminarios, jornadas, ferias, etc.
Línea 2:
- Actividad llevada a cabo por las asociaciones para la consecución de los fines que les son propios y que generen gastos de funcionamiento.
Gastos subvencionables (incurridos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022)
- Línea 1: Gastos incurridos en la realización de la actividad, Salarios imputados a la actividad, Costes indirectos.
- Línea 2: Salarios, Seguridad Social, Arrendamientos y cánones, Reparaciones y conservación, Servicios profesionales independientes, Primas de seguros, Material de oficina, fotocopias e imprenta, Comunicaciones, Suministros, Servicios prestados por otras empresas.
Plazo de presentación de la ayuda
- Hasta el 18 de mayo de 2022.
Organismo
- Ministerio de Trabajo y Economía Social.