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Trabajo autónomo, economía social y responsabilidad social

Promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas para sufragar los gastos de funcionamiento

21/04/2022
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Ayudas a las actividades de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento, para el año 2022.

 

Beneficiarios

  • Línea 1, Subvenciones a las actuaciones de ámbito estatal de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas: Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos, entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción, entes representativos de la economía social, asociaciones, fundaciones y universidades.
  • Línea 2, Subvenciones para los gastos de funcionamiento: Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal, entidades asociativas de carácter intersectorial y ámbito estatal de cooperativas, de sociedades laborales y de asociaciones de empresas de inserción, entidades asociativas de carácter sectorial y de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales, entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales.

Modalidad e intensidad de la ayuda

  • Presupuesto total: 10.438.000 €.
  • Subvención. Línea 1: El importe máximo de la subvención dependerá de la actividad, oscilando ente 50.000 € y 150.000 €. Línea 2: Se garantizará una cantidad mínima a cada una de las entidades, pudiendo ser de 10.000 €, 15.000 € o 30.000 €, dependiendo de la actividad.

Actuaciones elegibles

 

Línea 1:

  • Apoyo y asesoramiento a emprendedores, autónomos y promotores.
  • Fomento de la cultura emprendedora, del autoempleo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas.
  • Campañas de comunicación, formación y divulgación.
  • Elaboración de estudios, trabajos de documentación, investigaciones, etc.
  • Organización de congresos, seminarios, jornadas, ferias, etc.

Línea 2:

  • Actividad llevada a cabo por las asociaciones para la consecución de los fines que les son propios y que generen gastos de funcionamiento.
 

Gastos subvencionables (incurridos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022)

  • Línea 1: Gastos incurridos en la realización de la actividad, Salarios imputados a la actividad, Costes indirectos.
  • Línea 2: Salarios, Seguridad Social, Arrendamientos y cánones, Reparaciones y conservación, Servicios profesionales independientes, Primas de seguros, Material de oficina, fotocopias e imprenta, Comunicaciones, Suministros, Servicios prestados por otras empresas.

Plazo de presentación de la ayuda

  • Hasta el 18 de mayo de 2022.

Organismo

  • Ministerio de Trabajo y Economía Social.