Cara y Cruz de la sentencia dictada por le TJUE.

La Ley Concursal y el Juego de Tronos: Cuando las Reglas del Juego Pueden Destruir el Reino

José Carlos Cuevas, Socio de Transformación y Turnaround de Crowe Spain
11/06/2025
Cara y Cruz de la sentencia dictada por le TJUE.

En el mundo empresarial, como en la saga Juego de Tronos, la supervivencia y el poder dependen de saber utilizar las reglas del juego. La Ley Concursal española, recientemente reformada, ha introducido nuevos mecanismos para agilizar y flexibilizar los procesos de reestructuración de deuda. Sin embargo, al igual que en la serie, donde cada movimiento estratégico puede desencadenar una guerra de consecuencias impredecibles, el uso extremo de estos mecanismos —en particular, los artículos 639.1 y 639.2— puede tener consecuencias devastadoras para los acreedores financieros y, en última instancia, para la propia empresa en crisis.

La reforma de la Ley Concursal busca modernizar y agilizar los procesos de insolvencia, facilitando acuerdos entre acreedores y deudores. En teoría, esto debería permitir a las empresas en dificultades reorganizarse y seguir operando. Sin embargo, la realidad es más compleja. Los artículos 639.1 y 639.2 otorgan al juez la facultad de imponer condiciones a los acreedores, incluso a aquellos que no han votado a favor del acuerdo, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

Esto, en principio, puede parecer una herramienta útil para evitar el bloqueo de acuerdos por parte de minorías recalcitrantes. Pero, cuando se cambian las reglas del juego, hay que tener cuidado con quién gana y quién pierde. Si estas facultades se utilizan de forma indiscriminada o agresiva, pueden generar desconfianza y resentimiento entre los acreedores, especialmente entre las entidades de crédito que dejarán de apoyar en el futuro a la compañía vaya bien o vaya mal. En un mundo basado en la confianza transgredirla no lleva a buen puerto.

El artículo 639.1 permite al juez homologar un acuerdo de refinanciación si es aprobado por la mayoría de las clases de acreedores y cuenta con un acreedor que tenga garantías reales, siempre que no perjudique a los acreedores afectados en mayor medida que si se declarara la quiebra. El 639.2, por su parte, faculta al juez para modificar las condiciones del acuerdo si considera que es necesario para salvaguardar el interés general que protege la figura del experto en restructuraciones y con solo una clase de acreedores (por pequeña que sea) que mejore su situación.

Estas disposiciones, si se interpretan de forma maximalista, pueden ser utilizadas para imponer condiciones muy duras a las entidades de crédito. Por ejemplo, quitas salvajes de deuda, ampliaciones de plazos sin compensación adecuada, o incluso la conversión forzosa de deuda en capital. Esto puede resultar atractivo para la empresa en crisis, pero tiene un coste oculto: la erosión de la confianza de los bancos.

Además, esta legislación se vuelve más peligrosa cuando aparece la creatividad hispana … Actualmente las propuestas de creaciones de clases de acreedores para poder crear una mayoría artificial hacen que la realidad supere a la ficción. No se siguen criterios estables, sino que estamos en el mundo del “TODO VALE”. Adicionalmente el rol del experto en restructuraciones carece aun de la suficiente solera como para sentir que es una figura ecuánime que aplicará lógica y racionalidad. Solo la jurisprudencia y el tiempo pueden mejorar esta situación.

Cuando las reglas del juego cambian de forma abrupta y unilateral, el entusiasmo de los financiadores tradicionales por financiar a las empresas puede desaparecer. Si las entidades de crédito perciben que sus derechos pueden ser vulnerados en cualquier momento, serán mucho más reticentes a conceder nuevos créditos o líneas de circulante.

El sistema financiero se basa en la confianza. Si las entidades de crédito temen que sus derechos puedan ser pisoteados en un proceso concursal, se volverán mucho más conservadoras a la hora de conceder financiación. Esto puede generar un círculo vicioso: las empresas en dificultades tienen más problemas para acceder a liquidez, lo que aumenta el riesgo de impago y, a su vez, refuerza la desconfianza de los bancos.

En palabras de Groucho Marx, “estos son mis principios. Si no le gustan, tengo otros”. Pero en el mundo financiero, los principios no pueden cambiarse a conveniencia. Si las reglas no son claras y predecibles, los bancos buscarán protegerse, lo que puede llevar a una restricción del crédito y a una mayor fragilidad del sistema económico.

Una reestructuración de deuda no debe ser una batalla a muerte, sino un proceso de negociación en el que todas las partes salgan lo menos perjudicadas posible. Si la empresa utiliza los artículos 639.1 y 639.2 para imponer condiciones draconianas a los bancos, puede ganar la batalla en el corto plazo, pero perderá la guerra a medio y largo plazo.

Los bancos tienen en muchas ocasiones mayoría en volumen de deuda, pero minoría en número de clases y, lo que es indudable, es que tienen memoria. Si se sienten maltratados en un proceso concursal, no volverán a apoyar a esa empresa con líneas de circulante o nuevos créditos en un larguíiiiiiisimo tiempo. Esto puede condenar a la empresa a una muerte lenta, incluso si logra salir del pre-concurso en el corto plazo.

Como decía el escritor George R.R. Martin, autor de Juego de Tronos, “cuando juegas al juego de tronos, ganas o mueres. No hay término medio”. Pero en el mundo empresarial, la supervivencia a largo plazo depende de la capacidad de mantener relaciones sólidas y de confianza con los acreedores.

En conclusión, no tiene sentido una reestructuración de deuda que arrase sin sentido a la deuda financiera. Aunque en el corto plazo pueda parecer una victoria, a medio y largo plazo la empresa se encontrará sin apoyo financiero, lo que la condenará a una muerte segura. Es mejor negociar, pelear y sufrir en el proceso, pero mantener la confianza de las entidades de crédito, que son esenciales para la supervivencia y el crecimiento de cualquier empresa.

En el juego de tronos empresarial, la verdadera victoria no es imponer condiciones draconianas, sino mantener el reino en pie para las batallas futuras.