Directrices Generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero dictado por la AEAT para el ejercicio 2022

Directrices Generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero dictado por la AEAT para el ejercicio 2022

Daniel Tarroja, Asociado Director Área Fiscal
02/02/2022
Directrices Generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero dictado por la AEAT para el ejercicio 2022
Blog Fiscal

Como cada año, se ha publicado el Plan de Control Tributario previsto para el ejercicio en curso y en el que la Agencia Tributaria, en el marco de sus competencias y funciones, informa de las directrices generales de actuación.

En este sentido, el citado Plan de Control Tributario relativo al 2022 ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de fecha 31 de enero de 2022, mediante la Resolución de 26 de enero de 2022, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), y cuyas principales novedades se procederán a analizar seguidamente.

Las directrices generales del Plan de Control Tributario y Aduanero previstas para 2022 constituyen, igual que en los últimos años, un mecanismo de refuerzo y consolidación de las actuaciones desarrolladas en años anteriores y contienen una referencia concreta a las líneas de actuación, de prevención y control del fraude que se consideran más relevantes, y se incorporan otras nuevas, en línea con el contexto económico-social y normativo actual.

Información y asistencia

En 2022 se pretende continuar potenciando tanto la diversidad como la calidad de los servicios de información y asistencia prestados a los contribuyentes, priorizando el uso de las nuevas tecnologías frente a los medios tradicionales de asistencia presencial, con el objetivo de conseguir una mayor eficacia y permitir una asignación más eficiente de los recursos materiales y humanos disponibles.

En este sentido, la Agencia Tributaria pretende profundizar en una evolución del modelo de asistencia al contribuyente a partir de las siguientes actuaciones:

  1. Consolidación y evolución de las denominadas «Administraciones de asistencia Digital Integral» (ADIs) como plataformas dirigidas a prestar servicios de información y asistencia por medios electrónicos mediante la creación de canales de comunicación (Asistentes Virtuales, chat, videollamada, correo electrónico, llamada saliente especializada, etc.).
  2. Mantenimiento y actualización de los Asistentes Virtuales del IVA y del Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII), así como de las herramientas complementarias de asistencia online en el IVA y censos.
  3. Actualización de los contenidos del Asistente Virtual del sistema de Suministro Inmediato de Información (SII), incluyendo una nueva asistencia on-line en IVA que se presta a través del Asistente Virtual. Asimismo, se avanzará en el diseño de un Asistente Virtual de Renta.
  4. Se avanzará en el diseño del denominado «Asistente censal» como herramienta de ayuda para la formalización y presentación de la declaración censal, con incorporación de información necesaria para el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  5. Se continuará impulsando el diseño de la aplicación móvil «Agencia Tributaria» que ofrece servicios personalizados a los contribuyentes, como canal de relación con los mismos para el conocimiento y cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
  6. De igual forma, se continúa avanzando en el servicio de Renta WEB con la mejora en el funcionamiento de las aplicaciones y su actualización a los cambios normativos. Igualmente, se continúan realizando esfuerzos en la mejora de la versión del programa de cartera de valores, utilizando el incremento de datos facilitados nuevamente por la modificación de los modelos 189 y 198. Para este año se ha tratado de mejorar tanto el contenido como la calidad de la información facilitada por los declarantes de ambos modelos. Para ello, se han publicado notas informativas en el 2021 sobre cumplimentación de los modelos 189 y 198, orientadas fundamentalmente a la mejora del funcionamiento de esta herramienta de asistencia. De forma adicional, para la campaña del IRPF 2021 se va a disponer de información sobre la Declaración Informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos (Modelo 179).
  7. A partir del primer trimestre de 2022, se ofrecerá a los contribuyentes no obligados al SII la posibilidad de confeccionar su modelo 303 automáticamente a partir de la información contenida en sus libros registro, similar al existente para el modelo 100. También se ofrecerá la posibilidad de confeccionar el modelo 130 automáticamente a partir de la información contenida en sus libros registro.
  8. Se continuarán potenciando los avisos en el documento de datos fiscales del IRPF de todas aquellas fuentes de renta tanto internas como internacionales. En este sentido, en el ejercicio 2022 se potenciarán los avisos correspondientes a la realización de operaciones con monedas virtuales o criptoactivos.
  9. Consolidación de la utilización del “machine learning” en Renta Web para reducir los errores previsibles de los contribuyentes en la cumplimentación del modelo 100, incrementando el número de casillas con mensaje. Asimismo, se implementará la sistematización de la utilización de técnicas de “Behavioural Insights”, incorporándolas como una herramienta más para fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.
  10. Se ha habilitado la presentación exclusivamente electrónica del modelo de solicitud de inclusión y comunicación de renuncia al sistema de Cuenta Corriente en materia tributaria y que se realizará a través de un formulario electrónico normalizado.
  11. En el ejercicio 2022 estará disponible el modelo de autoliquidación del gravamen especial sobre beneficios no distribuidos por sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario.
  12. Desarrollo de un nuevo modelo para el ejercicio 2022 relacionado con las compras a distancia realizadas por consumidores finales en terceros países para cumplir con las modificaciones normativas respecto al IVA y normativa aduanera, con la finalidad de agilizar la tramitación de estos envíos.
  13. Crecimiento y consolidación de un sistema informativo y de asistencia en el pago al contribuyente a través de canales telefónicos y canales electrónicos.
  14. Modificación de la estructura de la página web de la AEAT para mejorar, simplificar y modernizar la información y comunicación con los contribuyentes.

Prevención de los incumplimientos. Fomento cumplimiento voluntario y prevención del fraude

Con el objetivo de fomentar el cumplimiento voluntario y la prevención del fraude, en el 2022 la AEAT prevé reforzar la prevención de los incumplimientos tributarios mediante la depuración del censo de entidades no mercantiles con el objeto de dar de baja, en su caso, aquellas entidades que no cumplan los requisitos para estar efectivamente dadas de alta. Asimismo, está prevista la continuación de otras medidas de mejora de la información censal como la realización de un control temprano a través de un mapa de riesgos de carácter preventivo que permita detectar situaciones de riesgo censal a la entrada en el censo de nuevos contribuyentes, en particular posibles incursiones de entidades controladas de manera efectiva por contribuyentes con conductas tributarias reprochables en el pasado, sobre los que se pretende realizar un seguimiento para prevenir posibles incumplimientos tributarios futuros.

En relación con lo anterior, seguirá estando presente el proyecto de la OCDE conocido como «Right from the start» (atención al contribuyente desde su primer registro). De esta forma se pretende acompañar al contribuyente desde el primer momento con el fin de asegurar el cumplimiento fiscal desde los primeros estadios de la actividad económica.

Por lo que se refiere al ámbito internacional, destaca el incremento de la transparencia en la información y la consolidación de todos los intercambios de información impulsados en la Unión Europea y en el ámbito de la OCDE. Toda esta información se ha ido completando con otras fuentes muy relevantes, como la información de cuentas financieras obtenida por la aplicación del Acuerdo entre España y los Estados Unidos de América para la mejora del cumplimiento fiscal internacional con la implementación de la “Foreign Account Tax Compliance Act-FATCA”, o del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información de cuentas financieras (CRS).

En este punto, interesa destacar la modificación que se ha incorporado al modelo 289 (CRS) para tratar de acreditar y controlar la aplicación y el cumplimiento de las normas de diligencia debida establecidas en CRS para todas las instituciones financieras obligadas a informar de cuentas financieras.

En el ámbito de los Impuestos Especiales, durante el año 2022 se continuará trabajando en la mejora del sistema y de la coordinación con el resto de autoridades afectadas utilizando, en la medida de lo posible, herramientas informáticas, anticipando el control y reduciendo en gran parte los costes del despacho de mercancías. En paralelo, se continuará trabajando a nivel europeo en el diseño de la Ventanilla Única Europea, que permitirá conectar a las autoridades aduaneras de todos los Estados miembros con las diferentes bases de datos europeas en que se gestionan licencias y certificados requeridos para los distintos regímenes aduaneros.

Asimismo, durante el ejercicio en curso se continuará la mejora del sistema de análisis de riesgo a fin de concentrar los controles en recinto en las operaciones más sospechosas o de más difícil control a posteriori. En particular, se prestará especial atención a las empresas que comiencen su actividad importadora, incluyendo en su caso labores de información con el objeto de garantizar el cumplimiento voluntario.

Para el ejercicio 2022 está prevista la potenciación de las acciones de formación en centros educativos, universidades y centros de profesorado en el marco del programa de educación cívico-tributaria lo cual redundará en el objetivo último de la Agencia Tributaria, la mejora del cumplimiento voluntario.

Por último, se prevé continuar con la política de fomento de los Acuerdos Previos de Valoración en materia de precios de transferencia y reparto de costes o beneficios, tanto de carácter unilateral como, particularmente, los de carácter bilateral o multilateral, en sintonía con lo que sucede en países de nuestro entorno. El objetivo es brindar certidumbre a las relaciones jurídico-tributarias internacionales evitando costosas actuaciones inspectoras y futuras controversias.

Investigación y actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero

Una de las herramientas esenciales para mejorar el cumplimiento íntegro voluntario de las obligaciones tributarias se centra en la investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero.

En este sentido, durante el ejercicio 2022, después del paréntesis causado por la pandemia, está previsto dar continuidad a los planes de visitas, diseñados específicamente para incentivar el cumplimiento voluntario por parte del sector del pequeño empresario, evitando en la medida de lo posible cargas fiscales indirectas para ellos derivadas de los procedimientos de comprobación inspectora. Se pretende consolidar nuevas técnicas de trabajo, más eficientes y menos gravosas para el obligado tributario, que aúnen la asistencia y el control, favoreciendo que sean las decisiones voluntarias de los propios contribuyentes adoptadas con la debida información.

Asimismo, se va a potenciar una técnica novedosa de trabajo, basada en los principios de la OCDE conocidos como “Behavioural Insights”, consistente en complementar el plan extensivo anual de visitas a determinados sectores empresariales con la emisión de un número de cartas de aviso dirigidas a aquellos contribuyentes, de los sectores elegidos, que incurran en determinados parámetros de riesgo de incumplimiento.

En 2022 se impulsará la creación de un área de coordinación de análisis de riesgos y selección en el ámbito de Gestión Tributaria que integrará una visión sistemática y unificada de la asistencia al contribuyente y el control. Esta área coordinará el diseño del análisis de riesgos de las diferentes figuras impositivas y contará con la participación de las diferentes Dependencias Regionales de Gestión Tributaria, en colaboración el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.

En relación con el Sistema de Visita Virtual (VIVI) implantando en 2020 para atender a los procedimientos sin necesidad del desplazamiento físico a la sede del órgano, a partir de 2022 se consolidará el uso de este sistema también para la firma de actas, haciendo del mismo un sistema recurrente de interrelación con el obligado tributario y sus representantes, así como un sistema que ahorrará costes y tiempo al evitar los desplazamientos a la sede física de la misma.

En 2022 se intensificará la atención y control del empleo de sistemas informáticos que permiten y facilitan la alteración de los registros contables de todo tipo, extendiéndose estas labores de control a la fabricación, producción y comercialización de los mismos en el marco del desarrollo reglamentario de esta materia previsto tras la Ley del fraude de 2021.  

Cabe destacar que en este ejercicio se desarrollarán reglamentariamente las nuevas obligaciones de información sobre monedas virtuales introducidas por la Ley 11/2021, de 9 de julio, aprobando las correspondientes Órdenes Ministeriales que regulen los modelos referidos a dichas obligaciones de información. Previsiblemente, la primera información sobre estos activos virtuales estará disponible en 2023 respecto del ejercicio 2022.

Control de tributos internos

En relación con las actuaciones de comprobación a los grupos multinacionales, grandes empresas y grupos fiscales, se centrarán a aquellas empresas que hayan sido menos perjudicadas por la pandemia del COVID-19. En este sentido, en el Plan de Control del 2022 tendrán presencia los controles simultáneos y las inspecciones coordinadas. A través de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo, en 2021 se ha llevado a cabo la mejora del marco jurídico comunitario en lo que se refiere, en particular, a las inspecciones conjuntas (Joint Audits) con la finalidad de mejorar la cooperación administrativa entre Estados miembros.

Asimismo, mantienen su importancia estratégica para mejorar la neutralidad impositiva internacional los Procedimientos Amistosos (MAP).

Por otro lado, en el ejercicio 2022 se aplicará plenamente el nuevo sistema automatizado de análisis de riesgos en precios de transferencia basado en todo el conjunto de información disponible sobre operaciones vinculadas con el que actualmente cuenta la AEAT, haciendo un uso efectivo tanto del conjunto de información obtenida internamente como de aquella a disposición de la Inspección como consecuencia del proyecto BEPS, tanto en el ámbito de la OCDE como en el de la Unión Europea.

Las principales áreas sobre las que versarán las actuaciones serán las siguientes:

  • Medidas antielusión: la entrada en vigor del Convenio Multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales está permitiendo implantar de modo progresivo todas aquellas medidas derivadas de los trabajos del proyecto BEPS que requieren la modificación de Convenios internacionales.

    También la jurisprudencia comunitaria ha contribuido al reforzamiento en la aplicación de medidas antiabuso, al declarar como principio general del derecho de la Unión la prohibición de prácticas abusivas, clarificando los supuestos de utilización de la cláusula del beneficiario efectivo y de medidas antiabuso generales.

  • Precios de transferencia y operaciones transnacionales: los ámbitos más destacados dentro de este punto seguirán siendo las reestructuraciones empresariales, la valoración de transmisiones o cesiones intragrupo de distintos activos, señaladamente los intangibles, y la deducción de partidas que puedan erosionar significativamente la base imponible, como los pagos por cánones derivados de la cesión de intangibles o por servicios intragrupo o la existencia de pérdidas reiteradas.
  • IRNR con y sin establecimiento permanente: se configura como área de atención preferente la comprobación de la correcta declaración de las retenciones a cuenta del IRNR a que están obligadas, en particular, las grandes empresas que pagan dividendos, intereses y cánones a no residentes sin establecimiento permanente en nuestro país. Asimismo, se comprobará si quien percibe dichas rentas tiene o no la condición de beneficiario efectivo.
  • Jurisdicciones no cooperativas y regímenes preferenciales: a través de la participación en los Organismos Internacionales que lideran la lucha contra estos territorios y regímenes favorecedores de conductas evasivas y elusivas, las actuaciones inspectoras velarán por la correcta aplicación de las normas anti-paraíso existentes en la normativa.
  • Control sobre grupos fiscales y entidades: por lo que afecta al IS, se centrará el control sobre la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores y a los requisitos legales exigidos para la integración de entidades en el grupo.

    Por lo que respecta al IVA, con especial atención a los contribuyentes incluidos en la modalidad avanzada del régimen especial, se desarrollará el sistema de ayuda PRE322, el cual servirá para facilitar la declaración y el análisis de la tributación de los grupos de entidades en IVA.

    Por otro lado, los contribuyentes con grandes patrimonios también serán objeto de control en el ejercicio 2022, cobrando importancia la Unidad Central de Coordinación del Control de Patrimonios Relevantes (UCCCPR). Se implementarán herramientas para la explotación masiva de la nueva información procedente del Consejo General del Notariado, de la que dispondrá la AEAT, y también ultimará, en una segunda fase, la herramienta de detección automatizada de titulares reales (Ultimate Beneficial Owners) de sociedades opacas residentes en España titulares de activos inmobiliarios residenciales de alto nivel.

    En el ámbito de ocultación de actividades empresariales o profesionales y uso abusivo de sociedades, a lo largo de 2022 se ejecutarán las siguientes líneas prioritarias de comprobación:

  • Presencia de la Administración en aquellos sectores donde se aprecie alto riesgo de existencia de economía sumergida.
  • Reforzamiento de la lucha contra el uso de sistemas de procesamiento que permitan la omisión, interpolación o alteración de operaciones ocultando ventas reales.
  • Presencia intensiva en sectores con abundantes consumidores finales a fin de evitar que se produzca una falta de repercusión efectiva del IVA.
  • La existencia de sociedades carentes de una estructura productiva real que facilitan la ocultación de rentas efectivamente obtenidas por personas físicas.
  • Reforzamiento de las personaciones en las sedes donde se realiza, de modo efectivo, la actividad económica para intentar acabar con todas aquellas irregularidades de carácter meramente formal y, sin duda alguna, con aquellos supuestos más graves relacionados con la obtención de ingresos ocultos.
  • Análisis de supuestos de sociedades vinculadas con una persona o grupo familiar con el fin de evaluar de modo conjunto las operaciones económicas desarrolladas.
  • Análisis globales del conjunto patrimonial, tanto personal como del entorno familiar, de aquellos contribuyentes cuyo perfil de riesgo se pueda asociar a supuestos de división artificial de la actividad que buscan minorar indebidamente su nivel de tributación directa.

En relación con el control de las actividades económicas, los esfuerzos se centrarán en el análisis de la economía digital, incluyendo el comercio electrónico, la prohibición de software de doble uso y las monedas virtuales.

Por lo que respecta al IVA, en 2022 se seguirá potenciando el SII, lo que implicará un control de todos aquellos sujetos que se hayan acogido obligada o voluntariamente a dicho sistema. Asimismo, los órganos de control desarrollarán actuaciones tendentes a la comprobación de la correcta aplicación del régimen de recargo de equivalencia.

En el ámbito del IS, de nuevo con el tradicional control sectorial y los planes de actuación contra la economía sumergida, la Inspección incidirá, mediante la aplicación del Plan Estratégico 2020-2023, en expedientes en los que existan bases imponibles negativas, créditos fiscales en base o cuota pendientes de compensar o de aplicar. También irán dirigidas a controlar la aplicación de deducciones y otros beneficios fiscales de forma indebida. Por último, se controlará el importe de la cifra de negocios que, en ocasiones, se ve reducido por sociedades inactivas.

Otra de las actuaciones a impulsar sobre un colectivo concreto de entidades sujetas al IS es la de verificar el cumplimiento de requisitos exigidos a una SICAV para beneficiarse de un tipo de gravamen inferior la general.

Por otro lado, se desarrollará una herramienta de control de retenciones en sede del retenedor ampliando las contingencias objeto de comprobación mediante la herramienta de gestión de riesgos.

Control del fraude en fase recaudatoria

La actividad de control en fase de recaudación se realiza a través de medidas concretas con la importancia y efectividad suficiente como para tener su plasmación en la planificación de los objetivos del área. En el ejercicio 2022 se continuarán preservando en las mismas, especialmente en aquellas que tienen mayor impacto en el grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias por los contribuyentes con un efecto directo sobre los deudores.

En relación con el control del fraude en fase recaudatoria, se priorizarán las líneas de actuación relacionadas con las medidas de prevención y control del fraude fiscal, encaminadas a mejorar la evaluación del riesgo recaudatorio, perseguir el delito contra la Hacienda Pública y el contrabando, adoptar derivaciones de responsabilidad y medidas cautelares para prevenir y combatir el impago, impulsar la presencia de los funcionarios de recaudación y aprovechar al máximo las medidas específicas para la persecución del fraude recaudatorio más importante cuantitativa y cualitativamente.

Asimismo, se realizará un seguimiento de las insolvencias aparentes, se intensificará la cooperación con otras Administraciones Públicas y se realizará un control permanente de la deuda pendiente en periodo ejecutivo, de las deudas suspendidas y paralizadas y de las garantías ofrecidas, así como de las deudas ingresadas por los deudores tras un acuerdo de derivación de responsabilidad.

Colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas

La Agencia Tributaria, en el marco de los acuerdos adoptados, potenciará los intercambios de información con trascendencia tributaria entre las Administraciones tributarias del Estado y de las Comunidades Autónomas con la finalidad de incrementar la eficacia de la gestión tributaria, mejorar la asistencia a los contribuyentes y, singularmente, potenciar la lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida.

En particular, se potenciará la planificación coordinada y la colaboración en la selección de los contribuyentes que serán objeto de actuaciones de control y se promoverá que, por parte de la Agencia Tributaria, se dé la información correspondiente a través de los Consejos Territoriales.

En este ámbito destacan el control global de las deducciones sobre el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la colaboración en la transmisión de la información remitida por las Comunidades Autónomas en materia de discapacidad y familia numerosa, y el cruce de información sobre titularidad de bienes y derechos en relación con el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Succiones Donaciones, el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Finalmente, se intensificará el control del cumplimiento de los requisitos para disfrutar determinados beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, para la aplicación del régimen fiscal de las cooperativas y para el disfrute de la exención o bonificación del Impuesto sobre Determinados Medios de Transporte por adquisición de vehículos por discapacitados y familias numerosas.